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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2013 (11/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 485957 Ratifican acuerdo del Consejo Directivo de Proinversión que aprueba la incorporación al proceso de promoción de la inversión privada el proyecto: “Nodo Energético en el Sur del Perú” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-EF Anta, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29970 – Ley que afi anza la seguridad energética y promueve el desarrollo de polo petroquímico en el sur del país, se declaró de interés nacional la implementación de medidas para el afi anzamiento de la seguridad energética del país mediante la diversifi cación de fuentes energéticas, la reducción de la dependencia externa y la confi abilidad de la cadena de suministro de energía; Que, el artículo 6º de la referida Ley, asimismo declara de interés nacional la obtención y el transporte del etano desde Camisea hacia el sur del país, el mismo que tiene por objeto el desarrollo de la industria petroquímica en dicha zona, en concordancia con lo establecido en la Ley N° 29690, Ley que promueve el desarrollo de la industria petroquímica basada en el etano y el nodo energético en el sur del Perú; Que, en el marco de dichas disposiciones, el Ministerio de Energía y Minas, mediante Ofi cio Nº 172-2012-MEM/ DM, solicitó a PROINVERSIÓN la incorporación del proyecto “Nodo Energético en el Sur del Perú” al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 28 de diciembre de 2012, se acordó incorporar el proyecto “Nodo Energético en el Sur del Perú” al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refi ere el considerando precedente debe ser ratifi cado por Resolución Suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 28 de diciembre de 2012, mediante el cual se acordó incorporar el proyecto “Nodo Energético en el Sur del Perú” al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 887687-1 Ratifican acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN que aprueba la incorporación al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto: “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2013-EF Anta, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, es política del actual Gobierno garantizar la seguridad energética del país mejorando la confi abilidad del sistema y el desarrollo del polo petroquímico, en particular promoviendo el desarrollo del sur del país en base al gas natural; Que, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29970 - Ley que afi anza la Seguridad Energética y promueve el desarrollo de Polo Petroquímico en el Sur del país se hace necesario incorporar al Proceso de Promoción a la Inversión el Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” que comprende: i) Un gasoducto y un poliducto comprendidos desde la planta de procesamiento de Camisea hasta la estación de Compresión Chiquintirca, del Sistema existente, descontándose las obras comprometidas por el Concesionario existente; ii) Un gasoducto y/o poliducto comprendido desde el Sistema existente hasta Anta, en la región Cusco, que esté en capacidad de suministrar gas natural a la futura Central Térmica de Quillabamba; iii) Un gasoducto desde Anta, Cusco a la costa sur del país; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 04 de enero de 2013, se acordó incorporar el Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29970 y el Decreto Legislativo Nº 1012; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 04 de enero de 2013, mediante el cual se acordó incorporar el proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 887687-2