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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 485973 Conductores contendrá lo siguiente:…d) Ubicación del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorización,…”; Que, la solicitud de autorización para el incremento de circuito destinado a las prácticas de manejo, presentada por la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES POR LAS RUTAS DEL PERU SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, implica una variación de uno de los contenidos del art. 53° de El Reglamento, en razón que La Escuela, ha solicitado el incremento de su circuito de manejo, adicional al autorizado mediante Resolución Directoral N° 4851-2011-MTC/15; en ese sentido y considerando lo establecido en el Art. 60° del Reglamento, la Resolución que modifica la autorización, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 355- 2012-MTC/15.03.A.A, por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040- 2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES POR LAS RUTAS DEL PERU SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral Nº 4851-2011-MTC/15, incrementando su circuito de manejo, el mismo que se encuentra ubicado en: “Av. General José de San Martín, Mz CK Lote N° 5, Sector el Valle, Anexo 22, Jicamarca, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima”, para el uso de prácticas de manejo, adicional al autorizado mediante la resolución mencionada. Articulo Segundo.- Remitir a la Dirección de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; así como encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 882769-1 Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Brevetes Huaraz S.R.L. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5036-2012-MTC/15 Lima, 17 de diciembre de 2012 VISTO: El Expediente Nº 2012-0019260, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES HUARAZ S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 4018-2012- MTC/15 de fecha 17 de octubre del 2012, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES HUARAZ S.R.L., con RUC Nº 20571310474 y domicilio en Jr. Francisco de Zela Nº 284, 1er Piso, y parte del 2do Piso, (Antes lote B, denominado Canapun, Barrio Centenario), Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y Departamento de Ancash para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Expediente Nº 2012-0019260 de fecha 05 de noviembre del 2012, La Escuela solicita autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I. Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III y Clase B categoría II-c, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos, indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 407-2012- MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES HUARAZ S.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehículos autorizados mediante la Resolución Directoral Nº 4018-2012-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES HUARAZ S.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 885391-1