Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2013 (11/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
electronica normas.asp

485967
http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dae

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77° y 78° de la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando asi lo MORDAZA establecido expresamente dicho cuerpo normativo, asi como las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, el numeral 40.1 del articulo 40° de Ia mencionada Ley N° 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico que se efectuan dentro del MORDAZA del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varien los creditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programatica compuesta por las categorias presupuestarias que permiten visualizar los propositos a lograr durante el ano fiscal; Que, el numeral 40.2 del citado articulo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de Ia Oficina de Presupuesto o de Ia que haga sus veces en Ia Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa; Que, el literal m) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministro de Salud puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado; Que, mediante Ley N° 29951, se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, a efecto de facilitar la ejecucion del MORDAZA presupuestario en el Pliego 011, Ministerio de Salud, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 0032013-OGPP-OP/MINSA, ha sustentado la conveniencia de delegar en la Secretaria General del Ministerio de Salud, la facultad en materia presupuestal de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 011, Ministerio de Salud, durante el periodo presupuestario 2013; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal m) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, y en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2013, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 011, Ministerio de Salud. Articulo 2°- Disponer que la delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo 3°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para conocimiento y fines. Articulo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion en el MORDAZA de internet del Ministerio de Salud, en la direccion

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

887685-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban tasaciones de predios afectados por construccion de obras pertenecientes al Proyecto Corredor Vial Interoceanico del Sur, Peru Brasil, ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 006-2013-MTC/02
MORDAZA, 7 de enero de 2013 Vistas: Las Notas de Elevacion Nºs. 577 y 6342012-MTC/20, de fechas 05 de octubre de 2012 y 21 de noviembre de 2012, respectivamente, de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobacion de dos (02) tasaciones que corresponden a predios afectados por la construccion de las obras complementarias de las unidades de peaje de Pichirhua y Pampamarca, pertenecientes al Tramo 1 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico del Sur, Peru - Brasil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2 y 3 de Ley Nº 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios via trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusiono el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; en tanto que, por Resolucion Ministerial Nº 010-2007VIVIENDA, se dispuso que la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Direccion Nacional de Construccion, en adelante DNC, suscribieron el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboracion y la suma de esfuerzos institucionales en beneficio del desarrollo nacional, en aplicacion de lo dispuesto en las Leyes Nºs.

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