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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 485963 INTERIOR Crean Comisiones Sectoriales de Implementación de la Reforma y Modernización del Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2013-IN Lima, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la función pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre otros aspectos, que las funciones de administración interna se ejercen en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas y están referidas a la utilización efi ciente de los medios y recursos materiales, económicos y humanos asignados; y que sus documentos de gestión deberán cumplir los criterios establecidos; Que, mediante Ley Nº 29915, el Congreso de la República delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el término de noventa (90) días calendario, entre otras materias, sobre la reforma de la legislación orientada al fortalecimiento institucional del Ministerio del Interior, de la Policía Nacional del Perú y de la carrera policial; Que, al amparo de dichas facultades se dictaron las siguientes normas: Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; Decreto Legislativo Nº 1127 que crea la crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC; Decreto Legislativo Nº 1130 que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; Decreto Legislativo Nº 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley la Policía Nacional del Perú; Que, en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1148, se declaró a la Policía Nacional del Perú en proceso de modernización, para que se modifi quen los aspectos operativos, administrativos, técnico normativos y procedimentales, con la fi nalidad de mejorar la función policial, lograr mayores niveles de efi ciencia, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de lograr una Policía al servicio de la ciudadanía, con participación ciudadana, con funciones desconcentradas, transparente en su gestión y con personal policial califi cado; Que, la seguridad interna, así como, la seguridad ciudadana son condiciones indispensables para el desarrollo nacional, por cuanto garantizan un contexto favorable para la inversión nacional y extranjera, imprescindibles para el desarrollo y bienestar socioeconómico del país; Que, la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, constituyen temas prioritarios en la agenda nacional, siendo el diagnostico de los últimos años, el incremento de los niveles delictivos y de inseguridad ciudadana, situación que demanda reformas integrales en el Sector Interior y la Policía Nacional del Perú; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta conveniente crear Comisiones Técnicas Sectoriales para la Implementación de la Reforma y Modernización del Sector Interior y de la Policía Nacional del Perú, encargadas de proponer los proyectos normativos que resulten necesarios para culminar la reforma normativa, proponer políticas, programas y proyectos en el marco de los Decretos Legislativos emitidos, así como institucionalizar el proceso de modernización administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación de Comisiones Sectoriales de Implementación de la Reforma y Modernización del Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú. Constitúyase las siguientes Comisiones Sectoriales: 1.1) Comisión Sectorial de Implementación de la Reforma y Modernización del Ministerio del Interior, encargada de asegurar la implementación de las medidas dictadas en el marco de los Decretos Legislativos emitidos al amparo de la Ley Nº 29915, la cual estará conformada de la siguiente manera: a) El Ministro del Interior, o su representante, quien la presidirá. b) El Viceministro de Gestión Institucional. c) El Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior. d) La Secretaria General del Ministerio del Interior. e) El Director General de Gestión en Administración. f) El Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. g) La Directora General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto. h) La Directora General de Gestión en Recursos Humanos. i) Dirección General de Gestión en Tecnologías de Información y Comunicaciones. j) El Superintendente Nacional de Migraciones (MIGRACIONES). k) El Superintendente Nacional de de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de uso Civil (SUCAMEC). l) El Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI). m) El Director General de la Policía Nacional del Perú. 1.2) Comisión Sectorial de Implementación de la Reforma y Modernización de la Policía Nacional del Perú, encargada de asegurar la implementación de las medidas dictadas en el marco de los Decretos Legislativos emitidos al amparo de la Ley Nº 29915, la cual estará conformada de la siguiente manera: a) El Ministro del Interior, o su representante, quién la presidirá. b) El Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior. c) El Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio del Interior. d) La Secretaria General del Ministerio del Interior. e) El Director General de la Policía Nacional del Perú. f) El Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú. g) El Inspector General de la Policía Nacional del Perú. h) El Director Nacional de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú. i) El Director Nacional de Gestión Institucional de la Policía Nacional del Perú. j) El Director Ejecutivo de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú. k) El Director Ejecutivo de Apoyo al Policía de la Policía Nacional del Perú. l) El Director Ejecutivo de Asesoría de Jurídica de la Policía Nacional del Perú. m) El Director Ejecutivo de Infraestructura y Equipamiento de la Policía Nacional del Perú. n) El Director Ejecutivo de Personal de la Policía Nacional del Perú. ñ) El Director Ejecutivo de Tecnologías, comunicaciones y Estadística de la Policía Nacional del Perú. o) El Director Ejecutivo de Planeamiento y Presupuesto de la Policía Nacional del Perú. p) El Director Ejecutivo de Administración de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2º.- Secretaría Técnica de las Comisiones Sectoriales. Las Comisiones Sectoriales contarán con un Secretario Técnico a cargo de un Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección, que será designado por el Ministro del Interior. La Comisiones podrán invitar a otros especialistas en la materia y, de ser el caso, a representantes de instituciones