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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2013 (20/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2013 486514 Autorizan viaje a España de representante del Ministerio para participar en la Feria Internacional de Turismo - FITUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2013-MINCETUR/DM Lima, 16 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la 33° edición de la Feria Internacional de Turismo – FITUR, organizada por IFEMA (Institución Ferial de Madrid) se llevará a cabo en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 30 de enero al 03 de febrero de 2013; Que, dicho evento es la feria líder para los mercados receptivos y emisores de toda Iberoamérica y el punto de encuentro mundial para los profesionales del turismo, que además de la oferta expositiva desarrollará un completo programa de conferencias, paneles de expertos, jornadas y actividades encaminadas a mejorar la competitividad del sector turístico, presentando propuestas innovadoras en el ámbito de la gestión turística integral; Que, es de interés del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR participar en dicha Feria a fi n de promocionar las propuestas de turismo inclusivo y de articulación entre el turismo y el desarrollo artesanal, a través de las exposiciones de las Iniciativas AL TURISTA LO NUESTRO y DE MI TIERRA, UN PRODUCTO, que viene desarrollando conjuntamente con los pueblos que poseen un recurso turístico y cuentan con productos característicos con potencial comercial, a fi n de articularlos al mercado nacional e internacional; Que, por lo expuesto, la Viceministra de Turismo ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Directora Nacional de Artesanía, responsable de la Iniciativa “De mi tierra, un producto”, para que en representación del MINCETUR, participe en el evento y actividades antes mencionados; Que, el MINCETUR es la entidad pública responsable de promover, orientar y regular la actividad turística y representa al Estado en los eventos nacionales e internacionales de su competencia; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección Nacional de Artesanía, en tanto dure la ausencia de la titular; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Directora Nacional de Artesanía, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 28 de enero al 02 de febrero de 2013, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participe en la Feria Internacional de Turismo - FITUR, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 549,64 Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US$ 1 560,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Burns Vidaurrázaga presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- Encargar al señor Manuel Antonio San Román Benavente, Director General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, las funciones de la Dirección Nacional de Artesanía, a partir del 28 de enero de 2013, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 891277-1 DEFENSA Cesan a Vocal Supremo y Presidente del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2013-DE Lima, 19 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política del Perú, determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral; Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 9 y el artículo 10 inciso 9) del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que el Ministro de Defensa es la más alta autoridad del Sector y presenta proyectos de normas legales al Presidente de la República; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Ministro del Interior es la más alta autoridad del Sector; Que, el artículo 11 inciso 4) de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las Resoluciones Supremas son rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por uno o más Ministros a cuyo ámbito de competencia le corresponde, en este caso al sector Defensa e Interior, por tratarse de la administración de justicia en el Fuero Militar Policial; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1096 y por la Ley N° 29955, el Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial es Ofi cial General o Almirante en Situación de Retiro, elegido entre sus miembros para ejercer el cargo por un período de dos años, pudiendo ser reelegido por única vez por un período igual. La elección se realiza dentro de los treinta días anteriores al inicio del año judicial. Al término del ejercicio del cargo de presidente cesa en sus funciones de Vocal Supremo; Que, el término de la función jurisdiccional o fi scal, en el Fuero Militar Policial se produce, entre otras causas, por el término del ejercicio del cargo de Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial, conforme al artículo 29 inciso c) numeral 2 de la Ley Nº 29182; Que, por Resolución Suprema N° 558-2008-DE del