Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486521

CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, FONDEPES, es un Organismo Publico, Ejecutor, adscrito al Ministerio de la Produccion con personeria juridica de derecho publico interno y constituye un Pliego Presupuestal, funciona con autonomia tecnica, economica y administrativa, cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar tecnica, economica y financieramente el desarrollo de la actividad pesquera artesanal maritima y continental, asi como las actividades pesqueras y acuicolas, principalmente en la dotacion de infraestructura basica orientada al desarrollo y distribucion de recursos hidrobiologicos, fortalecimiento de capacidades de los gobiernos regionales, locales, pescadores artesanales y acuiculturas; Que, el Articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolucion Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, establece que la Secretaria General ejerce facultades que le delegue el Jefe del FONDEPES y la demas funciones previstas en el MORDAZA legal vigente; Que, asimismo, el literal g) del Articulo 8° del citado Reglamento de Organizacion y Funciones senala como una de las funciones de la Jefatura de la Institucion ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal del FONDEPES, pudiendo delegar sus atribuciones de caracter administrativo, contable y presupuestal en los casos que estime conveniente; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° del Texto unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal, cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, mediante Ley N° 29951, se aprueba la Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013, estableciendose en esta las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el ejercicio fiscal 2013; Que, asimismo, el numeral 40.2 del articulo 40° del Texto unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, senala que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, quien puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 74° de la Ley N° 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, senala que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los organos administrativos se desconcentra en otros jerarquicamente dependientes de aquellos; Que, a efectos de promover una mayor agilizacion en la toma de decisiones y atendiendo al MORDAZA de Desconcentracion a que se refiere el articulo 74° de la Ley del Procedimiento Administrativo General y a la conclusion del Ejercicio Fiscal 2012 resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la delegacion de facultades a la Secretaria General en materia presupuestaria; De conformidad con lo dispuesto del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N°304-2012-EF, y la Ley N° 29951 ­ Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y en ejercicio de las facultades conferidas en el Articulo 8° del citado Reglamento de Organizacion y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolucion Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; Con las visaciones de la Secretaria General, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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