Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a servidor por su actuacion como Tecnico Judicial encargado del Archivo del Modulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao
INVESTIGACION Nº 112-2009-CALLAO MORDAZA, diez de octubre de dos mil doce.VISTA: La Investigacion numero ciento doce guion dos mil nueve guion Callao seguida contra el servidor judicial MORDAZA MORDAZA Egusquiza MORDAZA por su actuacion como Tecnico Judicial encargado del Archivo del Modulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero veintisiete expedida con fecha veintiuno de marzo de dos mil doce, obrante de fojas quinientos ochenta y siete a quinientos noventa y siete. CONSIDERANDO: PRIMERO. Que al tecnico judicial investigado se le imputan las siguientes conductas disfuncionales: A. Ejercer el MORDAZA sin tener en cuenta lo previsto en el articulo 287º, inciso 7, de la Ley Organica del Poder Judicial, infringiendo su deber previsto en el literal a) del articulo 41º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial. B. Utilizar en forma indebida la computadora que le fue asignada, redactando escritos dirigidos al litigio judicial en los procesos que vendrian siendo tramitados en los diferentes juzgados de las Cortes Superiores de Justicia del Callao y de MORDAZA, con lo que infringio lo estipulado en el inciso f) del articulo 43º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial. SEGUNDO. Que el investigado en su descargo del dos de junio de dos mil nueve, de fojas doscientos setenta, senalo que si bien existen archivos que contienen demandas y escritos, tambien lo es que no fueron presentados a los organos jurisdiccionales, tampoco fueron con intencion de patrocinar, ello debido a que no es abogado sino estudiante del onceavo ciclo de Derecho de la Universidad Los MORDAZA de Chimbote. Con relacion a los escritos referidos a los Expedientes numeros ochocientos veintiseis guion novecientos noventa y ocho y mil doscientos veintidos guion dos mil dos, no obran en autos, ni ingreso documento alguno. Respecto a los Expedientes numeros trescientos sesenta y uno guion mil novecientos noventa y siete mil doscientos cincuenta y dos guion dos mil tres, mil setecientos sesenta y cinco guion dos mil, son procesos que se encuentran archivados. Acepta que redacto un escrito en el Expediente numero cinco mil cuatrocientos cinco guion dos mil ocho, como una practica profesional, sin cobrar dadiva, y con el fin de entrenamiento para introducir la teoria en la practica. TERCERO. Que la responsabilidad del investigado se encuentra acreditada con el acta de intervencion de fojas cuatro, en donde se reviso su computadora y se encontro archivos que contienen escritos; y el investigado al ser preguntado por los mismos, los reconocio como suyos y acepto haberlos tipeado pero para su amigo MORDAZA MORDAZA Castaneda, que es abogado. Reconoce tambien que la redaccion no le corresponde a sus funciones y

reconoce ser responsable de la infraccion por haber utilizado bienes de propiedad del Estado. Es de precisar, ademas, que el servidor Egusquiza MORDAZA elaboro escritos en el equipo de computo que le fue asignado con la finalidad de asesorar, apoyar y favorecer judicialmente a personas que aparecen en los archivos, quedando desvirtuado, de esta manera, la version que "los archivos eran para entregarlos a su amigo de infancia, letrado MORDAZA Castaneda", pues el mencionado abogado en su declaracion de fojas trescientos ochenta y nueve, refirio que desde hace cinco anos no solicita la redaccion de algun escrito al investigado. Ademas, reconoce su numero de colegiatura pero niega su firma y sello. En consecuencia, corresponde aplicar la medida disciplinaria de destitucion al servidor judicial MORDAZA MORDAZA Egusquiza Sanchez. CUARTO. Que de los archivos encontrados en la computadora del investigado, que obran a fojas dieciseis, cuarenta y cinco, cincuenta y ocho, ochenta, cuatrocientos treinta y siete, cuatrocientos treinta y ocho, cuatrocientos treinta y nueve; y de cuatrocientos diecisiete a cuatrocientos veinte, aparece que todos fueron autorizados por el abogado MORDAZA MORDAZA Castaneda con Registro del Colegio de Abogados de MORDAZA numero cuarenta mil noventa y cuatro, y presentados al organo jurisdiccional respectivo. Asimismo, los escritos de demanda que obran de fojas cuatrocientos cuarenta y nueve a cuatrocientos cincuenta y uno y de cuatrocientos setenta y cinco a cuatrocientos setenta y nueve, fueron presentados al juzgado con ligeras modificaciones en el contenido y guardan relacion con los archivos que fueron encontrados en la computadora del investigado. Es de precisar, ademas, que el primero de los escritos se encuentra autorizado por el letrado MORDAZA Castaneda, con Registro del Colegio de Abogados de MORDAZA numero cuarenta mil noventa y cuatro y el MORDAZA esta autorizado por la abogada MORDAZA MORDAZA Atiaja, con Colegiatura numero ciento ochenta y cinco. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 9272012 de la cuadragesima novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; de conformidad con el informe del senor Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Primero. Imponer medida disciplinaria de destitucion al servidor judicial MORDAZA MORDAZA Egusquiza MORDAZA, por su actuacion como Tecnico Judicial encargado del Archivo del Modulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao. Segundo. Disponer la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 891301-5

Sancionan con destitucion a servidor por su actuacion como Asistente de Juez del MORDAZA Setimo Juzgado Penal de MORDAZA
INVESTIGACION Nº 143-2010-LIMA MORDAZA, diez de octubre de dos mil doce.VISTA: La Investigacion numero ciento cuarenta y tres guion dos mil diez guion MORDAZA seguida contra el servidor judicial

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