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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2013 487532 Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 013: Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización de Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Camilo Nicanor Carrillo Purín, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura, y José Alberto Muro Ventura, Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria, del 06 al 09 de febrero de 2013, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: CAMILO NICANOR CARRILLO PURÍN Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,500.00 Viáticos US$ 600.00 Total US$ 3,100.00 JOSÉ ALBERTO MURO VENTURA Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,625.26 Viáticos US$ 600.00 Total US$ 3,225.26 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados funcionarios deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura 898513-4 Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2013-ANA Lima, 4 de febrero de 2013 VISTO: El Informe Nº 020-2013-ANA-OPP-UP de fecha 30 de enero de 2013, a través del cual la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto propone el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Autoridad Nacional del Agua; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, que crea la Autoridad Nacional del Agua, como organismo público responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, por Resolución Suprema Nº 002-2011-AG, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; Que, mediante Sentencia del Juzgado Mixto de Utcubamba, se declaró fundada la demanda de Amparo recaída en el Expediente Nº 2005-0306-0101007JX01CI, ordenando que se reponga a la señorita Karina Villalobos Castillo en el cargo que desempeñaba al momento de la destitución, o en otro de igual nivel o categoría. Dicha Sentencia fue confi rmada por el Superior en grado; Que, mediante Resolución Nº veintitrés del Juzgado Mixto de Utcubamba se ordenó en ejecución de Sentencia incorporar a la señorita Karina Villalobos Castillo, como trabajadora del régimen laboral privado regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; Que, en atención al pedido de la Ofi cina de Administración formulado con Memorándum Nº 177- 2013-ANA-OA de fecha 23 de enero de 2013, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua reportó la necesidad de realizar un reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Entidad, conforme a lo preceptuado por el artículo 13º de los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, de modo que posibilite cumplir estrictamente con dicha solicitud y con el referido mandato judicial; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua mediante Informe Nº 020-2013-ANA-OPP-UP de fecha 30 de enero de 2013, ha propuesto el reordenamiento del CAP a efectos de considerar un (01) nuevo cargo en la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, donde presta servicios la trabajadora a que se refi ere el mandato judicial, lo cual implica reordenar el CAP de la Entidad, que fuera aprobado por Resolución Suprema Nº 002-2011-AG; Que, a decir del mencionado informe, el reordenamiento del CAP no generará incremento alguno en el Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, por lo que conforme al artículo 13º de los lineamientos aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos que no incida en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), podrá aprobarse mediante Resolución del Titular de la Entidad, previo informe del órgano que tiene a su cargo las acciones de racionalización administrativa, que en el caso de la Autoridad Nacional del Agua es la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, conforme a dichas consideraciones y estando a lo establecido en el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala: “Toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos (…)”, por lo que corresponde se dicte el acto resolutivo correspondiente; Con los vistos de las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica; así como de la Secretaría General; y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento