Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2013 (06/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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nuevos conocimientos en relacion a la Donacion y Trasplante de Organos, Tejidos y Celulas, los mismos que posteriormente podra aplicar en beneficio del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas que requieran de dicha especialidad; Que, teniendo en consideracion la programacion de los vuelos internacionales y con el fin de facilitar el viaje del mencionado Oficial Superior a la MORDAZA de MORDAZA y su posterior traslado a la MORDAZA de MORDAZA por via terrestre ida y vuelta, es necesario autorizar su salida del MORDAZA el 7 de febrero de 2013, asi como su retorno, el 14 de MORDAZA del 2013, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08594269 y CIP Nº 02998397, del Instituto de Trasplantes de Organos y Tejidos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru (ITOT), para que participe en el Master Internacional de Donacion y Trasplante de Organos, Tejidos y Celulas ­ Edicion 2013, el mismo que se realizara en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA, Reino de Espana, del 11 de febrero al 12 de MORDAZA de 2013; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 7 de febrero de 2013 y su retorno el 14 de MORDAZA de 2013. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos: MORDAZA ­ MORDAZA (Reino de Espana) ­ MORDAZA US$ 2,644.00 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ Pasajes terrestres: MORDAZA ­ MORDAZA ­ MORDAZA US$ 460.00 US$ 460.00 2,644.00

Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 898513-5

Autorizan viaje a MORDAZA de personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 045-2013-DE/MGP MORDAZA, 5 de febrero de 2013 VISTO: El Oficio G.500-0247 del Secretario del Comandante General de la MORDAZA, de fecha 22 de enero de 2013. CONSIDERANDO: Que, en la X Reunion de Estados Mayores y XXV Reunion Bilateral de Inteligencia entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Armada de MORDAZA, llevada a cabo en las ciudades de MORDAZA e Iquitos, Republica del Peru del 27 al 31 de agosto de 2012, se acordo la participacion anual de UN (01) Oficial MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en la Ceremonia de Conmemoracion del Combate MORDAZA de Abtao, a realizarse en la MORDAZA de Chiloe, Republica de Chile; Que, posteriormente, la Armada de MORDAZA hace de conocimiento que la mencionada Ceremonia se realizara en la MORDAZA de Puerto Montt, Republica de MORDAZA, del 06 al 08 de febrero de 2013; para tal efecto, el Oficial MORDAZA designado, debera arribar a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para posteriormente ser trasladado a la MORDAZA de Puerto Montt; Que, la asistencia a la referida Ceremonia, permitira afianzar los lazos de amistad y cooperacion entre las Instituciones Armadas de ambos paises, impulsando y fortaleciendo las relaciones bilaterales; en tal sentido, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Contralmirante MORDAZA MORDAZA DE IZCUE Arnillas, para que asista a la Ceremonia del Combate MORDAZA de Abtao; Que, el traslado del Oficial MORDAZA designado, desde la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA a la MORDAZA de Puerto Montt, Republica de MORDAZA, tanto de ida como de retorno, sera asumido por la Armada de Chile; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: - US$ 4,050.00 / 28 x 18 dias (febrero) - US$ 4,050.00 x 1 mes (marzo) - US$ 4,050.00 / 30 x 12 dias (abril) Total: US$ US$ US$ US$ 2,603.57 4,050.00 1,620.00 11,377.57

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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