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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (09/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2013 487838 al anexo integrante que forma parte de la presente Resolución”; Que, mediante Memorando Nº 006-2013-A/MPMN del 04-01-2013, el Alcalde Provincial de Mariscal Nieto, solicita programar sus vacaciones por treinta días correspondiente al periodo vacacional 2011; Que, mediante Informe Nº 023-2013-GAJ-GM/MPMN de fecha 08-01-2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente el goce de vacaciones del Alcalde y conforme a su jerarquía corresponde al Concejo Municipal la autorización respectiva, por lo que deberá remitirse los actuados administrativos para tal fi n. En este mismo sentido se ha pronunciado la Autoridad Nacional del Servicio Civil a través del Informe Nº 184-2009-ANSC/OAJ y el Informe Legal Nº 428-2010-SERVIR/GG-OAJ; Que, el Artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que en caso de ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el Primer Regidor hábil que sigue en su propia Lista Electoral; Que, en consecuencia es necesario dictar el correspondiente acto administrativo que autorice el descanso físico vacacional del Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” conforme a Ley; En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29- 12-1993 y modifi cada por Ley N° 27680 de fecha 06-03- 2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 del 26-05-2003, Ley N° 8230 de fecha 03-04-1936, Decreto Legislativo N° 276, Decreto Supremo N° 005-90- PCM y Ordenanza Municipal N° 017-2007-MUNIMOQ del 26-09-2007; ACORDÓ: Autorizar el descanso físico vacacional del Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” Mgr. Alberto R. Coayla Vilca, por el plazo de treinta (30) días, contados a partir del 14 de enero de 2013 al 12 de febrero de 2013, correspondiente al período vacacional del año 2011. Regístrese y comuníquese. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 899645-1 Encargan el Despacho de la Alcaldía a Regidor RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 025-2013-A/MPMN Moquegua, 12 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, el Artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que en caso de ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el Primer Regidor hábil que sigue en su propia Lista Electoral; Que, por Acuerdo de Concejo N° 002-2013-MPMN se ha autorizado el descanso físico vacacional del Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” Mgr. Alberto R. Coayla Vilca, por el plazo de treinta (30) días, contados a partir del 14 de Enero de 2013 al 12 de Febrero de 2013, correspondiente al período vacacional del Año 2011; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho de la Alcaldía Provincial de “Mariscal Nieto” de acuerdo a Ley; En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por Ley N° 27680 de fecha 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 del 26-05- 2003, Ley N° 8230 de fecha 03-04-1936, Decreto Legislativo N° 276, Decreto Supremo N° 005-90-PCM y Ordenanza Municipal N° 017-2007-MUNIMOQ del 26-09-2007; SE RESUELVE: Encargar conforme a Ley el Despacho de la Alcaldía Provincial ”Mariscal Nieto” al Sr. Regidor LORENZO GUERRERO TAFUR, a partir del 14 de Enero de 2013 al 12 de Febrero de 2013 y en tanto dure la ausencia del Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto”. Regístrese y comuníquese. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 899647-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Convenio Específico con el Reino de Bélgica relativo al “Financiamiento de un programa de apoyo para la realización de estudios y consultorías” Entrada en vigencia del Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Financiamiento de un programa de apoyo para la realización de estudios y consultorías”, suscrito el 29 de agosto de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013- RE del 16 de enero de 2013. Entró en vigencia el 21 de enero de 2013. 900167-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL