TEXTO PAGINA: 52
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2013 487826 Ofi cinas Registrales Auxiliares – ORA, ubicadas en centros hospitalarios con un mayor nivel de atención en localidades ubicadas cerca o dentro de los distritos correspondientes a los 6 departamentos priorizados, situación que permitirá el cumplimiento del objetivo principal del Convenio; Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto a través de los documentos de vistos, señala que los recursos presupuestarios necesarios para la implementación de las Ofi cinas Registrales Auxiliares, son factibles de ser fi nanciados con cargo a los recursos autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias para las acciones del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad” suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el RENIEC; Que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 588-2012-EF/50.06 (28DIC2012), da cuenta del Informe de verifi cación del cumplimiento del Convenio de Apoyo Presupuestario al “Programa de Acceso de la Población a la Identidad”, señalando que el RENIEC ha cumplido con la totalidad de los criterios establecidos para el Nivel 0 del Convenio; Que la Jefatura Regional 3 - Tarapoto mediante el documento de vistos, solicita la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital María Auxiliadora del Ministerio de Salud - MINSA; en virtud del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa de “Acceso de la Población a la Identidad” entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, y el RENIEC; informando asimismo, que se cuenta con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y trámites de DNI de menores en el referido nosocomio; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital María Auxiliadora del Ministerio de Salud - MINSA, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar en el Hospital María Auxiliadora del Ministerio de Salud - MINSA, el cual se encuentra ubicado en el Jr. Alonso de Alvarado N° 915, distrito San Nicolás, provincia Rodríguez de Mendoza, departamento de Amazonas, a cargo de la Jefatura Regional 3 – Tarapoto de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 900157-5 Aprueban ampliación de vigencia de la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI para personas adultas mayores a partir de 65 años, a nivel nacional y autorizan la gratuidad en el cambio del lugar de entrega RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 45-2013/JNAC/RENIEC Lima, 8 de febrero de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000133-2012/GRIAS/ RENIEC (11DIC2012) e Informe N° 000041-2012/GRIAS/ RENIEC (11DIC2012) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, los Memorandos N° 002292- 2012/GPP/RENIEC (27DIC2012) y N° 000166-2013/GPP/ RENIEC (25ENE2013) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, los Informes N° 002904-2012/GPP/SGP/ RENIEC (27DIC2012) y N° 000107-2013/GPP/SGP/ RENIEC (25ENE2013) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, la Hoja de Elevación N° 000055-2013/GI/RENIEC (25ENE2013) emitido por la Gerencia de Informática, el Informe N° 000019-2013/GI/SGIS/RENIEC (17ENE2013) emitido por la Sub Gerencia de Ingeniería de Software de la Gerencia de Informática y el Informe N° 000176-2013/GAJ/RENIEC (30ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han benefi ciado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que mediante Resolución Jefatural N° 873-2007/JNAC/ RENIEC (17OCT2007) la Jefatura Nacional dispuso, en el artículo cuarto, la atención gratuita de todo tipo de trámites para la obtención del DNI en el domicilio, incluyendo la toma de fotografías, a las personas mayores de setenta (70) años de edad con discapacidad severa y aquellas que se encuentren postradas, resolución que se encuentra actualmente vigente; Que por Resolución Jefatural N° 610-2011/JNAC/ RENIEC (29DIC2011), se amplió la campaña de gratuidad para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2012, dispuesta por Resolución Jefatural N° 1097-2010- JNAC/RENIEC (30DIC2010) modifi cada por la Resolución Jefatural N° 353-2011-JNAC/RENIEC (15JUL2011) y la Resolución Jefatural N° 558-2011-JNAC/RENIEC (21NOV2011), precisándose que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil evaluaría la aprobación de la continuidad de esta política de gratuidad para los siguientes ejercicios fi scales y de acuerdo a su disponibilidad presupuestal; Que por documento de vistos la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social -GRIAS propone se disponga la gratuidad para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, atención que deberá darse tanto en las Ofi cinas Registrales y Agencias RENIEC, como en las campañas de desplazamiento que lleven a cabo las Jefaturas Regionales de la Gerencia de Operaciones Registrales y la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013; Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante los documentos de vistos, efectúa las precisiones relativas al impacto presupuestario de las resoluciones de