Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2013 (09/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2013

para el ejercicio de funciones o eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los indicados eventos, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, Nº SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de Alta Direccion, y de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente del Departamento de Riesgos, MORDAZA e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 10 al 14 de febrero de 2013, a la MORDAZA de MORDAZA, D.C. Estados Unidos de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ 2 252.65 US$ 1 320.00

conforme a la Resolucion que se emita sobre el particular en cumplimiento de lo establecido en el articulo 374° de la Ley General, contribucion que se calculara como una fraccion del promedio trimestral del activo y creditos contingentes; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 87° de la Constitucion Politica del Peru y las facultades establecidas en la Ley N° 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Fijar al Fondo MIVIVIENDA S.A. una tasa de contribucion anual a partir del ano 2013, de un cuatrocientosavo del uno por ciento (1/400 del 1%) que se aplicara sobre el promedio trimestral del Activo y Creditos Contingentes. Articulo Segundo.- Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Articulo Primero de la presente Resolucion, deberan ser abonadas dentro de los diez (10) dias siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribucion fijada, esta devengara intereses por el periodo de atraso, aplicandose la tasa de interes activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de enero de 2013
RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL Nº 014-2013-GRA/GREM
MORDAZA, 31 de enero de 2013 VISTOS: El Informe Legal Nº 031-2013-GRA/GREM/ OAJ de fecha 31 de enero de 2013 y la relacion de Titulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energia y Minas de MORDAZA en el Mes de Enero de 2013, conforme lo informado por la Oficina de Asesoria Juridica y; CONSIDERANDO: Que, Mediante Ordenanza Regional Nº 10-AREQUIPA se aprobo la modificacion de la estructura organica y del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, lo cual ha determinado la creacion de la Gerencia Regional de Energia y Minas conforme el articulo 83º de la MORDAZA MORDAZA acotada, el cual establece su naturaleza y funciones; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 6772007-GRA/PR de fecha 27 de agosto de 2007, se delego en el Gerente Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA la competencia de otorgamiento de concesiones para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 1792006-EM/DM y Nº 121-2008-EM/DM se declaro entre otros, que el Gobierno Regional de MORDAZA concluyo

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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Fijan tasa de contribucion anual al Fondo MIVIVIENDA S.A. a partir del ano 2013
RESOLUCION SBS Nº 1124-2013
MORDAZA, 6 de febrero de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 7° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, el Fondo MIVIVIENDA S.A. es considerado como empresa integrante del sistema financiero nacional; Que, el articulo 373° de la referida Ley, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administracion, ejecucion y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; Que, el articulo 11° de la Resolucion SBS N° 980-2006 establece que el Fondo MIVIVIENDA S.A. debe abonar una contribucion de supervision a esta Superintendencia

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