Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2013 (09/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
LINEA DE ACCION: SEGURIDAD (04) DEFENSA CIVIL CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION

487837

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Rectifican la Ordenanza Nº 327-MPL, que aprobo el Reglamento de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad y el Cuadro de Infracciones y Sanciones
ORDENANZA Nº 402-MPL
Pueblo Libre, 31 de enero de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 02 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 008-2013-MPL/CPL-CPAFP; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 26º de la Ley Nº 27972, senala que la administracion municipal adopta una estructura gerencial sustentandose en principios de programacion, direccion, ejecucion, supervision, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economia, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participacion y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley Nº 27444. Las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestion y la presente ley; Que, mediante Ordenanza Nº 327-MPL, se aprobo el Reglamento de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad de Pueblo Libre y el Cuadro de Infracciones y Sanciones, la cual establece las infracciones materia de sancion administrativa y regula el procedimiento administrativo sancionador; Que, mediante Informe Nº 002-2013-MPL-GF de fecha 17 de enero de 2013, la Gerencia de Fiscalizacion sustenta la necesidad de aclarar la Ordenanza Nº 327-MPL, respecto al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, en lo referido a la incorporacion del Codigo que tipifique la infraccion administrativa calificada como "Por no contar con el certificado Favorable de Defensa Civil de detalle Vigente el inmueble, edificacion, recinto, local, establecimiento o instalacion donde resida, labore o concurra publico"; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD; y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

MEDIDA SANCION COMPLEMENTARIA

Por no contar con el certificado Favorable 04-001-A de Defensa Civil de detalle Vigente el 100% UIT Clausura inmueble, edificacion, recinto, local, Temporal establecimiento o instalacion donde resida, labore o concurra publico.

Articulo Segundo.- Los procedimientos administrativos sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por la infraccion descrita como "Por no contar con el certificado Favorable de Defensa Civil de detalle Vigente el inmueble, edificacion, recinto, local, establecimiento o instalacion donde resida, labore o concurra publico", conservaran sus efectos segun lo dispuesto en el articulo 14º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalizacion a traves de la Subgerencia de Operaciones y Control de Sanciones, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

899799-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Autorizan descanso vacacional del MORDAZA, correspondiente al periodo vacacional del ano 2011
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2013-MPMN
MORDAZA, 12 de enero de 2013 VISTO, en Orden del Dia de la "Sesion Ordinaria" de la fecha, la Resolucion de Alcaldia Nº 01354-2012A/MUNIMOQ del 28-12-2012, el Memorando Nº 0062013-A/MPMN y el Informe Nº 023-2013-GAJ-GM/ MPMN. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo senala el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 01354-2012A/MUNIMOQ de fecha 28-12-2012, se resuelve en su Articulo 1º "Aprobar el rol de vacaciones periodo 2011, para el personal Funcionario del Programa de Funcionamiento de la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, conforme

ORDENANZA QUE RECTIFICA LA ORDENANZA Nº 327-MPL
Articulo Primero.- INCORPORAR el Codigo de Infraccion 04-001-A, correspondiente a la Infraccion descrita como "Por no contar con el certificado Favorable de Defensa Civil de detalle Vigente el inmueble, edificacion, recinto, local, establecimiento o instalacion donde resida, labore o concurra publico", contenida en la LINEA DE ACCION: SEGURIDAD (04) ­ Defensa Civil, del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones ­ CUIS, aprobado por Ordenanza Nº 327MPL, de la siguiente manera:

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