Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2013 (09/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487821

La existencia de relacion de parentesco 3. Con las copias certificadas de las partidas de nacimiento de fojas 7 y 8, se verifica la existencia de la relacion de parentesco dentro del primer grado de consanguinidad entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eguiluz, pues esta es hija de aquel, tal como se advierte del siguiente esquema:

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan tramitacion y emision gratuita del documento nacional de identidad a recien nacidos y menores de 0 a 16 anos que concurran por atencion facultativa a hospitales del MINSA y a recien nacidos en la red de hospitales de EsSalud
RESOLUCION JEFATURAL N° 40-2013/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 8 de febrero de 2013 VISTOS: El Memorando Multiple N° 0001042012/GOR/RENIEC (27DIC2012) de la Gerencia de Operaciones Registrales, los Memorando N° 0022922012/GPP/RENIEC (27DIC2012) y 000166-2013/GPP/ RENIEC (25ENE2013) de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, los Informes N° 002904-2012/GPP/SGP/ RENIEC (27DIC2012) y 000107-2013/GPP/SGP/RENIEC (25ENE2013) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Memorando N° 000015-2013/GI/RENIEC (07ENE2013) de la Gerencia de Informatica y el Informe N° 000189-2013/GAJ/RENIEC (31ENE2013) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto en el articulo 183° de la Constitucion Politica del Peru es competencia funcional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el articulo 98° del Decreto Supremo N° 015-98PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, senala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el MORDAZA de su politica social orientada a atender las necesidades de documentacion de la poblacion, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, desde el ano 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtencion del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situacion de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indigenas, las personas con discapacidad, los ninos y adolescentes, entre otros; Que mediante la Resolucion Jefatural N° 4392007/JNAC/RENIEC (16MAY2007), se autorizo la implementacion de Oficinas Registrales Auxiliares en los Hospitales del Ministerio de Salud (MINSA) y EsSalud, donde actualmente se viene efectuando las inscripciones de los nacimientos y defunciones ocurridos en los nosocomios a cargo de dichas Instituciones; asi como la tramitacion gratuita del DNI a los recien nacidos; Que asimismo mediante la Resolucion Jefatural N° 0024-2012-JNAC/RENIEC (30ENE2012) se dispuso se continue con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares RENIEC que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSalud, desde el primer dia util de enero hasta el 31 de diciembre de 2012; asi como la tramitacion y emision gratuita del DNI a los recien nacidos y menores de 0 a 16 anos de edad que concurran por atencion facultativa a los hospitales del MINSA y a los recien nacidos en la red de hospitales de EsSalud;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Padre)

MORDAZA Eguiluz de MORDAZA (Madre)

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eguiluz (Hija)
Existencia de vinculo laboral o contractual 4. No obra en autos medio de prueba que demuestre la existencia de vinculo laboral o contractual de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eguiluz con la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en virtud del cual aquella prestara servicios de ayuda social en representacion del municipio, ya sea percibiendo una remuneracion por ello o no (ad honorem). En ese sentido, no se configura el MORDAZA elemento del nepotismo, careciendo de objeto continuar con el analisis. 5. Sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, cabe senalar que, tal como este Supremo Tribunal Electoral establecio en las Resoluciones N° 405-2008-JNE y N° 333-2009-JNE, los cargos ad honorem a que se refiere el articulo 3 del Reglamento corresponden a aquellas personas que tienen la condicion de funcionarios publicos vinculados al municipio por designacion de cargos de confianza o nombramiento de miembros de organos colegiados, y que en virtud de ello ejercen funciones en la entidad edil. De los medios de prueba que obran en autos, se colige que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eguiluz carece de dichas facultades pues no tiene la condicion de funcionaria publica. CONCLUSION Por lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley N° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no incurrio en la causal de nepotismo, por lo cual el recurso de apelacion debe ser desestimado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Yessica Yohanna MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo Municipal N° 0137-2012-MDCGAL-CM, que rechazo la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

899690-5

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.