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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de febrero de 2013 487945 Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009- DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con efi cacia anticipada al 11 de febrero 2013, la ampliación en Comisión de Servicio al exterior del Almirante Carlos Roberto TEJADA Mera, CIP.09708418, DNI. 43345036, para que continúe participando en la visita de inspección a la “Estación Científi ca Antártica Machu Picchu”, ubicada en la Isla Rey Jorge, Antártida, con estadía en la ciudad de Ushuaia, República Argentina, hasta el 13 de febrero de 2013. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Víáticos: US$. 200.00 x 2 dìas US$. 400.00 TOTAL A PAGAR US$. 400.00 Artículo 3º.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 4°.- El Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARISOL ESPINOZA CRUZ Primera Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 900261-5 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Delegan en la Dirección Ejecutiva la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático y dejan sin efecto la Res. N° 228-12-IPEN/PRES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 025-13-IPEN/PRES Lima, 4 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el Artículo 11° de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público – Ley N° 28112, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 017-13- IPEN/PRES, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI), el mismo que orienta la gestión técnico - administrativa de acuerdo a los Lineamientos de Política Institucional; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior de la entidad pública, niveles de desconcentración de los procesos administrativos; Que, el artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear –IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005- EM, establece que la Dirección Ejecutiva es el más alto nivel de decisión después de la Presidencia del Instituto, asimismo indica que el Director Ejecutivo , es el funcionario, de confi anza de más alto nivel, que tiene por funciones de dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y controlar las actividades y el funcionamiento de las unidades orgánicas y es la más alta autoridad administrativa de la Institución; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que, en materia presupuestal, el responsable es el titular del pliego, sin embargo, puede delegar estas funciones, por lo que, se ha considerado conveniente en el marco de la desconcentración administrativa, delegar en el Director Ejecutivo, la facultad de aprobar las Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el Ejercicio Fiscal 2013; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N°28411, establece que son modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; Que, el numeral 40.2 del citado artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con Resolución de Presidencia N° 228-12-IPEN/ PRES, se delegó en la Dirección Ejecutiva del Instituto Peruano de Energía Nuclear, la facultad de aprobar las Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad, con efectividad al Ejercicio Fiscal 2012; De conformidad con los artículos 9° y 10° del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con el visto de la Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar en la Dirección Ejecutiva del Instituto Peruano de Energía Nuclear, la facultad de aprobar las Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad, con efectividad al presente ejercicio fi scal. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° 228-12-IPEN/PRES. Artículo Tercero.- Disponer que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.