Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2013 (15/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2013

Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades organicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ambitos territoriales; Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nros. 792010-ANA y 710-2011-ANA, se encargaron las funciones de las Administraciones Locales de Agua Locumba ­ Sama y Tacna, respectivamente; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura de funciones en la Administracion Local de Agua Locumba ­ Sama, y consecuentemente encargar al MORDAZA profesional que asuma las funciones de la citada unidad organica; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº006-2010-AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones -ROF- de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir del dia 18 de febrero de 2013, la encargatura de funciones en la Administracion Local de Agua Locumba ­ Sama, conferida al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la Resolucion Jefatural Nº 79-2010-ANA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar, a partir del dia 18 de febrero de 2013, las funciones de la Administracion Local de Agua Locumba- Sama, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adicion a sus funciones en la Administracion Local de Agua Tacna, conferidas mediante Resolucion Jefatural Nº 7102011-ANA. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo Nº006-2010-AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 15 de febrero al 02 de marzo de 2013, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha, en adicion a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, como Sub Director de Estudios de Proyectos Hidraulicos Multisectoriales de dicho organo desconcentrado. Articulo 2º.- Precisase, que al termino del encargo de funciones a que se refiere el articulo precedente, el senor MORDAZA MORDAZA VILLAGOMEZ, continuara ejerciendo las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban Regimen de Infracciones y Sanciones aplicables a los Guias de Turismo
DECRETO SUPREMO N° 001-2013-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28868, se faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a tipificar mediante Decreto Supremo, las infracciones en las que incurran los Prestadores de Servicios Turisticos y los Calificadores de Establecimientos de Hospedaje; asi como, a establecer las sanciones que les resulta aplicables; Que, el Reglamento de la Ley N° 28868, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2007-MINCETUR, tiene por objeto tipificar las infracciones en que incurran los prestadores de servicios turisticos y los calificadores de establecimientos de hospedaje; asi como establecer las sanciones aplicables a los mismos. Entre los prestadores de servicios turisticos comprendidos en dicho Reglamento no se ha incluido al servicio de guia de turismo; Que, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo en el Anexo N° 1 dispone que son prestadores de servicios turisticos los que realizan servicios de guias de turismo, entre otros. Asimismo, el articulo 28° de la citada Ley senala las obligaciones generales que deben cumplir los prestadores de servicios turisticos, siendo necesario de igual forma establecer las infracciones y sanciones que seran aplicables por su incumplimiento; Que, la Sexta Disposicion Final de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo establece que "La potestad sancionadora del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR se regira por lo dispuesto en la Ley N° 28868, respecto de los prestadores de servicios turisticos (...)"; Que, por Ley N° 28529, Ley del Guia de Turismo, se regula la actividad del guia de turismo, senalandose que es la persona natural acreditada con titulo oficial de guia de turismo, asi como los licenciados en turismo colegiados. Mediante Decreto Supremo N° 004-2010-MINCETUR, se aprueba su Reglamento, encontrandose pendiente establecer las infracciones y sanciones aplicables a los guias de turismo; Que, a efectos de realizar una adecuada supervision del servicio de guia de turismo, resulta necesario tipificar

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Encargan funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra Chincha
RESOLUCION JEFATURAL Nº 046-2013-ANA
MORDAZA, 8 de febrero de 2013 VISTO: El Informe Nº 55-2013-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de administracion; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº006-2010-AG, las Autoridades Administrativas del Agua son organos desconcentrados que dirigen en sus respectivos ambitos territoriales, la gestion de los recursos hidricos en el MORDAZA de las politicas y normas dictadas por el Consejo Directivo y la Jefatura de la entidad; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº666-2011-ANA, se encargo las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra ­ Chincha al senor MORDAZA MORDAZA Villagomez; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario MORDAZA uso de su descanso fisico del 15 de febrero al 02 de marzo de 2013, siendo necesario cubrir su ausencia a fin que el normal desarrollo del organo desconcentrado MORDAZA mencionado no se vea afectado; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion

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