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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2013 488021 autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 18 al 22 de febrero de 2013, a fi n que verifi quen los proyectos que se vienen realizando en el Perú con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP). 1. Coronel Steven Conrad WILLIAMSON 2. Coronel Steven John ROEMHILDT 3. Teniente Coronel Travis Jason LINDBERG 4. Capitán de Corbeta Gregory Paul JENNINGS 5. Mayor James Nicholas RAYMOND WALSER Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 901580-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Directiva “Conciliación del Marco Legal del Presupuesto por las entidades Gubernamentales del Estado” y sus Anexos, modifican la Directiva N° 001-2011-EF/51.01 y derogan la Directiva N° 002-2010- EF/93.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2013-EF/51.01 Lima, 7 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; y elaborar la Cuenta General de la República; Que, mediante la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, se dispone que “la determinación del período de regularización, la conciliación del marco presupuestal y el cierre contable fi nanciero y presupuestario están a cargo de la Dirección General de Contabilidad Pública” y que a partir del ejercicio presupuestario 2009, la mencionada Dirección General implementa los mecanismos que sean necesarios para la mejor aplicación de la indicada disposición”; Que, para cumplir con la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 29465, se aprobó la Directiva Nº 002-2010- EF/93.01 “Conciliación del Marco Legal del Presupuesto por las Entidades Gubernamentales del Estado” mediante Resolución Directoral Nº 004-2010-EF/93.01, y con la Resolución Directoral Nº 002-2012-EF/51.01 se modifi có el Artículo 5º, el numeral 7.2 del Artículo 7°, la Primera Disposición Complementaria, y se incluyó un párrafo en el numeral 7.4 del artículo 7º, de la Directiva Nº 002-2010- EF/93.01; Que, por lo indicado en los considerandos precedentes, la información que se genere a partir de las normas mencionadas, es necesario aprobar la Directiva Nº 001-2013- EF/51.01 “Conciliación del Marco Legal del Presupuesto para las entidades Gubernamentales del Estado” Anexo Nº 01 “Entidades del Gobierno Nacional y Gobierno Regional”, Anexo Nº 2 “Acta de Conciliación del Marco Legal del Presupuesto Gobierno Nacional y Regional”, y el Anexo Nº 03 “Cronograma para la Conciliación del Marco Legal del Presupuesto año fi scal 2012” Que, es necesario modifi car el segundo párrafo del numeral 5º Conciliación del Marco Legal del Presupuesto, de la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01 “Preparación y Presentación de Información Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental” aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2011-EF/51.01, para su aplicación por las entidades comprendidas en los Gobiernos Locales y Mancomunidades Municipales que efectuarán la Conciliación con la Dirección General de Contabilidad Pública mediante la transmisión de datos a través del módulo SIAF-SP, las Sociedades de Benefi cencia Pública y los Institutos Viales Provinciales lo realizarán en SICON Visual y transmitirán a la Dirección General de Contabilidad Pública vía aplicativo web, remitiendo la carpeta con la Conciliación del Marco Legal del Presupuesto y las Hojas de Trabajo del Marco Legal del Presupuesto de Ingresos y Gastos por Resoluciones, con carácter de Declaración Jurada y fi rmados por el Jefe de Presupuesto y el Director General de Administración o quienes hagan sus veces, sustentada con copias fotostáticas debidamente autenticadas, de los dispositivos legales relacionados en el presupuesto inicial y las modifi caciones efectuadas en el período que se informa. Estando a lo propuesto por la Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, Dirección de Gobiernos Locales, y con la conformidad de la Dirección de Normatividad; y en uso de la facultad conferida por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2013-EF/51.01 “Conciliación del Marco Legal del Presupuesto por las entidades Gubernamentales del Estado” y sus Anexos, que forma parte integrante de la presente Resolución; su vigencia rige a partir del Cierre Contable del ejercicio fi scal 2012 y disponer su difusión en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas http://www.mef.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2º.- Modifíquese el segundo párrafo del numeral 5 de la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01 cuyo texto quedará redactado de la manera siguiente: “Las entidades comprendidas en los Gobiernos Locales y Mancomunidades Municipales efectuarán la conciliación con la Dirección General de Contabilidad Pública mediante la transmisión de datos a través del módulo SIAF-SP; las Sociedades de Benefi cencia Pública y los Institutos Viales Provinciales lo realizarán en SICON Visual y transmitirán a la Dirección General de Contabilidad Pública vía aplicativo web, remitiendo la carpeta con la conciliación del Marco Legal del Presupuesto y las Hojas de Trabajo del Marco Legal del Presupuesto de Ingresos y de Gastos por Resoluciones, con carácter de Declaración Jurada y fi rmados por el Jefe de Presupuesto y el Director General de Administración o quienes hagan sus veces, sustentada con copias fotostáticas debidamente autenticadas, de los dispositivos legales relacionados con el presupuesto inicial y las modifi caciones efectuadas en el período que se informa”. Artículo 3º.- Derogar la Directiva Nº 002-2010- EF/93.01 “Conciliación del Marco Legal del Presupuesto por las entidades Gubernamentales del Estado” aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 004-2010-EF/93.01 y su modifi catoria. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 901542-1