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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (15/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2013 488030 señoras María del Pilar Iberico Ocampo y Ada Milagros Li Chu, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 18 al 24 de febrero de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 002-01-2013 y al siguiente detalle: Pasajes (para tres personas, incluye TUUA) US$ 15,770.73 Viáticos (para tres personas) US$ 3,900.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario y las profesionales mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las mencionadas personas deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 901581-7 Aprueban renovación de vigencia de homologación de equipos para medición de emisiones vehiculares solicitada por la empresa Sistema Automotriz S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2013-MTC/16 Lima, 7 de enero de 2013 Vista, la solicitud presentada por la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.A.C. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologación de los equipos: Analizador de Cuatro Gases, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo: HGA 400 4 GR; Analizador de Cuatro Gases, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo: MHC 218; y, del Opacímetro, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo DO 285; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fi n de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del artículo 76º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Dirección de Gestión Ambiental, órgano de línea de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilización de equipos para el control ofi cial de los Límites Máximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehículos automotores que circulen en la Red Vial, determinándose la obligación de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Ofi cial de estos límites por las autoridades competentes, a fi n de asegurar la calidad y confi abilidad de las mediciones para dicho control; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se estableció el procedimiento para la homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control ofi cial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12º prevé el procedimiento de renovación de la homologación, determinando los requisitos a seguir a fi n de que se les otorgue; Que, mediante Resolución Directoral Nº 179-2010- MTC/16, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de diciembre 2010, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.A.C. obtuvo la renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacímetro marca Pierburg Instruments–Hermann, modelo DO 285, con Código de Homologación D(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)- 001-2002-DGASA-MTC, cuya vigencia se extendió por el plazo de dos (02) años contados a partir de su publicación; Que, con el documento de vistos, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.A.C. solicita la renovación de la vigencia de homologación de los equipos detallados en el considerando precedente, por lo que de la evaluación efectuada se han emitido los Informe técnico y legal Nº 132-2012-MTC/16.01.odet y Nº 195-2012-MTC/16.CIM, respectivamente, en los que se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la declaración jurada exigida en la que consta que se mantiene la condición de fabricante o representante autorizado y que los equipos no han sufrido modifi cación de las características técnicas con las cuales fueron homologados, cumpliendo lo exigido por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Nº 29370, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; y, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacímetro marca Pierburg Instruments – Hermann, modelo DO 285, con Código de Homologación D(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)- 002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)-001-2002- DGASA-MTC. Esta aprobación tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Los Certifi cados de Equipos Homologados para la medición de emisiones vehiculares correspondientes al Código de Homologación Nº D(R)-001-2002-DGASA- MTC; Nº G(R)-002-2002-DGASA-MTC, así como el correspondiente al Código de Homologación Nº G(R)- 001-2002-DGASA-MTC, mantendrán su vigencia por un periodo de dos (02) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- El uso de los equipos homologados para el control ofi cial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con el artículos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 4º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modifi caciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. ITALO ANDRÉS DÍAZ HORNA Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 898505-1