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El Peruano Martes 9 de julio de 2013 498951 Entidades en la elaboración del mencionado documento de gestión; Que, con Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, se aprobó la Directiva Administrativa N° 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, la cual señala en el literal c) del numeral 5.3.7 del acápite V. Disposiciones Específi cas, que los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal - CAP, de los Institutos Especializados, las Direcciones de Salud de Lima y sus órganos desconcentrados, se aprueban mediante Resolución Ministerial con el informe previo de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Saud; Que, mediante Ley N° 28498, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Ley N° 28560, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condición de contratados bajo cualquier modalidad, precisándose a través de la Ley N° 28744, que el cumplimiento de aquella es por nombramiento directo de quienes ocupan las plazas a la fecha de publicación de la referida Ley; Que, por Ley N° 29682, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional – en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal- que se encuentren prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo; Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, han establecido como excepción a las medidas en materia de personal, el nombramiento de hasta el 55% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes N°s 28498 y 28560, sus normas modifi catorias y complementarias; así como el nombramiento de hasta el 25% del número de los profesionales médicos comprendidos en la Ley Nº 29682, respectivamente; Que, conforme a lo señalado en el numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 29951, para la aplicación de los casos de excepción antes mencionados, es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, y registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certifi cación del crédito presupuestario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-SA, se establecen lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2013 en el marco de las Leyes Nºs. 28498, 28560 y 29682, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; Que, el numeral 5.1 del citado Decreto Supremo señala que las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto o las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras de Salud, deberán efectuar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal en el caso no se cuente con los cargos previstos para efectuar el nombramiento del personal señalado en el numeral 4.4 del Decreto Supremo Nº 004-2013-SA; Que, a través del Ofi cio N° 602-2013-DE-N° 240- ODI-D-RED-SA-SJL, la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho remitió a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud su propuesta de Cuadro para Asignación de Personal, para el trámite de aprobación correspondiente, sustentando dicho Documento de Gestión en el Informe N° 003- PO-ODI-DIRED-SA-SJL-2013 y en el Informe Legal N° 037-2013-AJ-DIRED-SA-SJL emitidos por la Ofi cina de Desarrollo Institucional y el Asesor Jurídico de la citada Dirección de Red de Salud, respectivamente; Que, con Informe N° 097-2013-OGPP-OO/MINSA, la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal de Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho; Que, estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho; Con el visado del Director General de Ia Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, en la Directiva N° 007-MINSA/OGPP- V.02, “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, así como en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de ochocientos treinta y dos (832) cargos clasifi cados, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho y la Resolución Ministerial que lo aprueba serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob,pe). Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 387-2012/MINSA y los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 959532-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 392-2013/MINSA Lima, 08 de julio del 2013 Visto, el Expediente N° 13-039484-001, que contiene el Ofi cio N° 516-DG-033-2013-OEPP-HEJCU, que contiene a su vez el Informe Técnico N° 068-2013-OEPP-HEJCU y el Informe Legal N° 079-2013-OAJ-HEJCU emitidos por la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”, así como el Informe N° 0101-2013- OGPP-OO/MINSA y el Memorándum N° 0806-2013- OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 767-2006/MINSA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”, el cual contiene la estructura orgánica del citado Hospital; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 404-2012/ MINSA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”, y mediante Resolución Directoral Nº 324-2012-DG-HEJCU, se aprobó su reordenamiento de cargos;