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El Peruano Domingo 14 de julio de 2013 499367 Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Huaraz RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 219-2013/SUNAT Lima, 12 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que el numeral 88.1 del artículo 88° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar; Que el artículo 29° del citado Código establece que el lugar de pago será aquel que señale la Administración Tributaria mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar. Agrega que al lugar de pago fi jado por la SUNAT para los deudores tributarios notifi cados como Principales Contribuyentes no le será oponible el domicilio fi scal; y que en este caso, el lugar de pago debe encontrarse dentro del ámbito territorial de competencia de la ofi cina fi scal correspondiente; Que asimismo, de conformidad con el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y normas modifi catorias, los deudores tributarios notifi cados como Principales Contribuyentes deben efectuar la declaración y el pago de la deuda tributaria en las ofi cinas bancarias ubicadas en las Unidades de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, de las Intendencias Regionales u Ofi cinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que mediante el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia Nº 068-2013/SUNAT y norma modifi catoria, se aprobó el directorio de Principales Contribuyentes de la Ofi cina Zonal Huaraz, estableciéndose que los mismos debían cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar sus procedimientos contenciosos y no contenciosos y realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en la sede la Ofi cina Zonal Huaraz ubicada en Pasaje Tiburcio Arce Nº 529, provincia de Huaraz y departamento de Ancash o a través de SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT- NPS para el pago de sus obligaciones tributarias; Que resulta necesario modifi car el lugar de cumplimiento mencionado en el considerando anterior, debido a que a partir del 22 de julio de 2013 la sede de la Ofi cina Zonal Huaraz cambiará de ubicación; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello es innecesario, en la medida que la designación del lugar de pago y/o de presentación de declaraciones es potestad de la Administración Tributaria; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29° y 88° del TUO del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modifi catorias, el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- MODIFICACIÓN DEL LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES PARA LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA OFICINA ZONAL HUARAZ Sustitúyase, a partir del 22 de julio de 2013, el lugar de cumplimiento señalado en el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia Nº 068-2013/SUNAT y modifi catoria, para que los Principales Contribuyentes de la Ofi cina Zonal Huaraz cumplan con sus obligaciones formales y sustanciales, inicien sus procedimientos contenciosos y no contenciosos y/o realicen todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, por el ubicado en el Jirón Simón Bolívar Nº 664, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 961772-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Madre de Dios RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA INTENDENCIA REGIONAL MADRE DE DIOS N° 270-024-0000003 Puerto Maldonado, 18 de junio del 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de su competencia; Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Sección Cobranza de la Intendencia Regional Madre de Dios resulta necesario designar personal en calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la División de información de personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha confi rmado el cumplimiento de los mencionados requisitos, por parte de los trabajadores que se detallan a continuación: • Mendivil Centeno Fernando Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; En uso de las facultades conferidas en los Artículos 50° y 51° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Madre de Dios al trabajador que se detalla a continuación: • Mendivil Centeno Fernando Regístrese, comuníquese y publíquese. PAUL RODRÍGUEZ JARA Intendente (e) Intendencia Regional Madre de Dios 961713-1