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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2013 (17/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Miércoles 17 de julio de 2013 499469 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Jefe del INDECI a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 226-2013-PCM Lima, 16 de julio de 2013 Visto: El Ofi cio Nº 751-2013-INDECI/5.0 del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sobre autorización de viaje al exterior; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta SP-13/0273-060 del Secretario Permanente del Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe - SELA y del Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD del Gobierno de Colombia, invitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a participar en el II Seminario Regional “Alianzas entre el sector público y privado para la gestión del riesgo de desastres: continuidad de gobierno y continuidad de negocios y operaciones ante situaciones de desastre”, que se llevará a cabo entre los días 01 y 02 de agosto de 2013, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, el seminario regional tiene como objetivo generar un espacio de integración e intercambio de experiencias público - privadas en la gestión del riesgo de desastres en el marco de continuidad de gobierno y continuidad de negocios y operaciones para la reducción del riesgo de desastres; así como, generar una propuesta regional de recomendaciones para impulsar y promover la inclusión de la gestión de desastres en los procesos de continuidad de gobierno y del sector privado, a nivel de América Latina y el Caribe; Que, es importante la participación del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y de interés para nuestro país en el referido evento, por cuanto fortalecerá las relaciones con autoridades, agencias regionales y subregionales, organismos internacionales, sector privado y otras entidades participantes en el seminario regional, vinculadas con la Reducción del Riesgo de Desastres en América Latina y el Caribe, lo que favorecerá a la ejecución de los procesos de Preparación y Respuesta de la Gestión del Riesgo de Desastres en el Perú; lo cual es concordante con lo señalado en el numeral 9.7 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, referido a la participación en foros y eventos nacionales e internacionales, relacionados con los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, por lo expuesto, corresponde autorizar el viaje al exterior del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 31 de julio al 03 de agosto de 2013, cuyos gastos por concepto de pasaje (incluye TUUA) y viáticos, serán fi nanciados con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Supremo N° 043-2013, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007- PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del General de División ® Alfredo Enrique Murgueytio Espinoza, Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 31 de julio al 03 de agosto de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al Pliego del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,000.00 (Viáticos US$ 370.00 x 3 días) US$ 1,110.00 ------------------- Total US$ 2,110.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector un informe sobre las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 963309-2 Ordenanza N° 0018-2013-AL/CPB.- Aprueban Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial, Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la ciudad de Barranca 499517 Ordenanza N° 0019-2013-AL/CPB.- Fijan Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias no canceladas y/o recaudadas oportunamente por la Municipalidad 499518 Ordenanza N° 0020-2013-AL/CPB.- Aprueban Régimen de Gradualidad de Sanciones para las Infracciones del Código Tributario 499518 Ordenanza N° 0021-2013-AL/CPB.- Aprueban Benefi cios de Regularización de Edifi caciones Ejecutadas sin Licencia de Edifi cación en el distrito de Barranca 499519 Ordenanza N° 0022-2013-AL/CPB.- Aprueban Régimen de Constitución y Administración de Bienes de Uso Público en el distrito de Barranca 499520 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Ordenanza N° 009-2013-MPCH.- Aprueban Derechos de Trámite por procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad, Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional, Tasas por Servicios No Exclusivos y Arancel de Costas y Gastos Administrativos del Procedimiento de Cobranza Coactiva 499521