Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2013 (17/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

499477
Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas
3 934 524,00

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 000991 : Obligaciones Previsionales 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES

2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 2.5 Otros Gastos

10 871 064,00 -------------------Subtotal UE 002 14 805 588,00 -------------------TOTAL PLIEGO 007 14 805 588,00 ============ TOTAL EGRESOS 32 547 444,00 ============

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 963310-1

Articulo 4.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 4.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas y Creditos Suplementarios, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en los articulos 1, 2 y 3 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 4.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 4.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos a que hacen referencia los articulos 1, 2 y 3 de la presente MORDAZA no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos e incorporados. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Modificacion del MORDAZA parrafo de la Duodecima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-EF Modifiquese el MORDAZA parrafo la Duodecima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-EF con el texto siguiente: "(...) La bonificacion regulada en la presente disposicion complementaria transitoria sera financiada por los Ministerios de Defensa e Interior, de acuerdo a la disponibilidad de recursos, segun corresponda, debiendo estar previamente registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico - Aplicativo Informatico" a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del funcionario que lo otorgue, asi como del personal militar y policial en situacion de actividad que lo reciba, de corresponder."

Autorizan Credito Suplementario a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO N° 175-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego 214 Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 24 de MORDAZA de 2006, el Estado de la Republica del Peru (Concedente), representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actua a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, y DP World Callao S.A., actualmente DP World Callao S.R.L. (Concesionario), suscribieron el Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Financiamiento, Conservacion y Explotacion del MORDAZA Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur, contrato en el cual se senala, entre otros, la obligacion que asume el Concesionario de transferir en dominio fiduciario la Inversion Complementaria Adicional (ICA), de acuerdo a los terminos y condiciones establecidos por dicho documento legal; Que, en el MORDAZA del citado Contrato de Concesion, con fecha 16 de octubre de 2006 se suscribe el Contrato de Fideicomiso en Administracion (Fideicomiso ICA Muelle Sur), en virtud del cual DP World Callao S.R.L. (Fideicomitente) transfiere al Banco Continental (Fiduciario) el Dominio Fiduciario de la Inversion Complementaria Adicional, con la finalidad de que, bajo las ordenes a ser impartidas por la Autoridad Portuaria Nacional (Fideicomisario), el Fiduciario administre la correcta y oportuna aplicacion de la misma en el desarrollo de las Inversiones del Fideicomiso, inversiones entre las que se encuentra el Mejoramiento de Accesos Terrestres al Terminal Portuario del Callao, conforme a lo previsto en la Seccion IX numerales 9.1 y 9.2 del referido Contrato de Concesion; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 052-2009 se declaro de necesidad nacional el proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA GambettaCallao", estableciendose que su ejecucion esta a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el periodo 2009-2011, ampliandose su vigencia hasta el 31 de diciembre del ano 2013 de acuerdo a lo dispuesto por la Centesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2010 se suscribio la Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso en Administracion entre DP World Callao S.R.L., el Banco Continental y la Autoridad Portuaria Nacional, para efectos de que el Patrimonio Fideicometido pueda ser utilizado, entre otros conceptos, para efectuar las transferencias de recursos al Ministerio de Economia y Finanzas para

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