Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2013 (17/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

499474
Que, asimismo, el articulo 2 del citado Decreto Legislativo establece, entre otros aspectos, que dicha MORDAZA no afecta de modo alguno los derechos y beneficios del personal activo y pensionistas de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru que actualmente pertenezcan al regimen del Decreto Ley Nº 19846, manteniendose para ellos las mismas condiciones y requisitos establecidos en el citado Decreto Ley y sus normas modificatorias y complementarias; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del mismo Decreto Legislativo Nº 1133 dispone, entre otros, que los actuales pensionistas del regimen de pensiones del Decreto Ley Nº 19846 percibiran ademas de la pension y los beneficios adicionales que actualmente vienen percibiendo, el monto equivalente al incremento de la remuneracion que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, segun el grado en base al cual percibe su pension; Que, por su parte, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133 autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir a favor del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, los recursos del Fondo Especial de Garantia MORDAZA de Pensiones Militar Policial creado mediante Decreto de Urgencia Nº 059-2011, a efectos de garantizar el cumplimiento de obligaciones del personal pensionista militar y policial; Que, mediante el Oficio Nº 209-2013-MINDEF/MD el Ministerio de Defensa ha solicitado una transferencia de recursos por la suma de OCHOCIENTOS VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CATORCE Y 96/100 NUEVOS SOLES (S/. 822 778 914,96), para financiar lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1132; Que, asimismo, a traves del Oficio Nº 471-2013MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa ha solicitado una transferencia de recursos por la suma de CIENTO NUEVE MILLONES SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 109 063 604,00), de los cuales NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 91 309 448,00) son para el financiamiento del incremento de pensiones establecida por el Decreto Legislativo Nº 1133; y; DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 754 156,00), para el financiamiento del Subsidio Postumo y por Invalidez en aplicacion a lo dispuesto por la Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF; Que, mediante el Oficio Nº 799-2013-IN-DM, el Ministerio del Interior ha solicitado, entre otros, una transferencia de recursos hasta por la suma de UN MIL OCHENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 086 457 474,00), para financiar el incremento de remuneraciones y pensiones, en aplicacion de lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1132 y 1133; Que, asimismo, mediante el Oficio Nº 695-2013IN-DM, el Ministerio del Interior ha solicitado una transferencia de recursos hasta por la suma de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 830 596,00), para el financiamiento del Subsidio Postumo y por Invalidez en aplicacion a lo dispuesto por la Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF; Que, de acuerdo a la informacion registrada en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico, y la proporcionada por los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, y en aplicacion a lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 1132 y 1133, y la Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, la demanda para financiar el incremento de remuneraciones y de pensiones, asi como el Subsidio Postumo y por Invalidez,

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

en los citados pliegos, asciende a la suma total de UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 541 348 595,00), la misma que comprende la suma de UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 298 038 280,00) para el financiamiento del incremento de remuneraciones del personal militar y policial, correspondiendo la suma de S/. 463 734 693,00 al pliego Ministerio de Defensa y la suma de S/. 834 303 587,00 al pliego Ministerio del Interior; la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 210 762 871,00) para el financiamiento del incremento de pensiones del personal militar y policial, correspondiendo la suma de S/. 81 403 524,00 al pliego Ministerio del Defensa y la suma de S/. 129 359 347,00 al pliego Ministerio del Interior; y, la suma de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 547 444,00) para el financiamiento del Subsidio Postumo y por Invalidez, correspondiendo la suma de S/. 17 741 856,00 al pliego Ministerio de Defensa y la suma de S/. 14 805 588,00 al pliego Ministerio del Interior; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma total de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 377 621 151,00), destinada al financiamiento del incremento de remuneraciones del personal militar y policial hasta por la suma de UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 166 858 280,00), que comprende la suma de S/. 416 903 433,00 a favor del pliego Ministerio de Defensa y la suma de S/. 749 954 847,00 a favor del pliego Ministerio del Interior; y del incremento de pensiones del personal militar y policial hasta por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 210 762 871,00), que comprende la suma de S/. 81 403 524,00 a favor del pliego Ministerio de Defensa y la suma de S/. 129 359 347,00 a favor del pliego Ministerio del Interior, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; considerando que la citada suma total no ha sido prevista en los Presupuestos Institucionales del presente ano de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, segun corresponde; Que, asimismo, es necesario autorizar una incorporacion de recursos, via Credito Suplementario, hasta por la suma CIENTO TREINTA Y UN MILLONES CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 131 180 000,00), con cargo a los recursos de la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1132, destinada al financiamiento del incremento de remuneraciones del personal militar y policial, en el MORDAZA de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1132, correspondiendo la suma de S/. 46 831 260,00 al pliego Ministerio del Defensa y la suma de S/. 84 348 740,00 al pliego Ministerio del Interior; asimismo, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario con cargo a los recursos provenientes del Fondo Especial de Garantia MORDAZA de Pensiones Militar Policial creado mediante Decreto de Urgencia Nº 059-2011 hasta por la suma total de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 547 444,00) destinada al financiamiento del Subsidio Postumo y por Invalidez establecido por la Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, correspondiendo la suma de S/. 17 741 856,00 al pliego Ministerio de Defensa y S/. 14 805 588,00 al pliego Ministerio del Interior; Que, de otro lado, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernizacion del Sistema de Inteligencia Nacional SINA y de la Direccion Nacional de Inteligencia ­ DINI, establece que las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru podran asignar temporalmente y en forma

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.