Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2013 (20/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MORDAZA Latina y el Caribe, junto a los maximos ejecutivos de entidades publicas y privadas de telecomunicaciones y expertos internacionales de la region; Que, el principal objetivo de esta reunion sera abordar los aspectos relacionados con el cierre de la brecha digital para el ano 2020, a traves de una agenda compartida y los esfuerzos de todos los actores del sector de telecomunicaciones, a fin establecer acciones orientadas a servicios y tecnologias mas inclusivos y con mayor impacto en el crecimiento de nuestros paises; Que, el Congreso abordara asuntos tales como el despliegue y desarrollo de infraestructura, la utilidad de los Fondos de Servicio Universal, la sostenibilidad del modelo de Internet y las nuevas tecnologias, ademas de la banda ancha movil y la gestion del espectro electromagnetico; Que, adicionalmente, en el MORDAZA de esta reunion se generara un MORDAZA encuentro de los reguladores miembros de REGULATEL, con la finalidad de concretar las acciones orientadas a la sostenibilidad, reestructuracion de dicho Foro y el establecimiento de nuevas relaciones de cooperacion con otros organismos internacionales; Que, en atencion a la agenda recibida de los eventos, se ha convocado la participacion del OSIPTEL durante los dias 23 y 25 de MORDAZA de 2013, en las cuales se desarrollaran las reuniones directamente relacionadas con nuestro quehacer institucional, tales como el XVI Encuentro REGULATEL ­ AHCIET, Encuentro Regional del BID y Reunion extraordinaria de REGULATEL; Que, por lo expuesto, la participacion del senor MORDAZA MORDAZA Apoloni MORDAZA, Gerente General del OSIPTEL, se considera fundamental, a fin de dar seguimiento de la agenda MORDAZA descrita, de especial relevancia en tanto constituye un espacio de debate regional entre los actores del sector de telecomunicaciones, cuyos temas son afines al quehacer institucional del organismo regulador; Que, los gastos de viaje, TUUA y viaticos seran cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional. Cabe precisar que, conforme a lo establecido por el MORDAZA legal vigente, este viaje se realizara en categoria economica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificada; y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Apoloni MORDAZA, Gerente General del OSIPTEL, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 22 al 26 de MORDAZA de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 2 CONCEPTO DEL GASTO VIATICOS IMPORTE DE PASAJE (INCLUYE TUUA) IMPORTE DOLARES AMERICANOS 1,260.00 1,208.16

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican denominacion y conformacion de Grupo de Trabajo creado mediante R.M. Nº 0241-2013AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0257-2031-MINAGRI MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0241-2013AG de fecha 01 de MORDAZA de 2013, se creo el Grupo de Trabajo, de caracter temporal, encargado de analizar la problematica del Sector Agricultura y Riego, en lo referente a la gestion de la infraestructura hidraulica y la disponibilidad de los recursos hidricos, en adelante el Grupo de Trabajo; Que, con Oficio N° 1119-2013-MINAGRI-DGIH de fecha 16 de MORDAZA de 2013, el Director General de Infraestructura Hidraulica del Ministerio de Agricultura y Riego, en su condicion de Secretaria Tecnica del Grupo de Trabajo, y estando a los acuerdos adoptados en la reunion de fecha 03 de MORDAZA de 2013, solicita la modificacion de la Resolucion Ministerial N° 0241-2013-AG, proponiendo la modificacion de la denominacion del Grupo de Trabajo, a "Grupo de Trabajo para analizar la problematica sectorial y la infraestructura hidraulica"; Que, asimismo es necesario modificar la conformacion del Grupo de Trabajo, a efectos de incorporar a dos (02) representantes de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Peru, asi como al Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones y a un representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en el articulo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura modificado por la Ley Nº 30048, y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificacion de la denominacion del Grupo de Trabajo creado con Resolucion Ministerial N° 0241-2013-AG Modificase la denominacion del Grupo de Trabajo creado con Resolucion Ministerial N° 0241-2013-AG, a "Grupo de Trabajo para analizar la problematica sectorial y la infraestructura hidraulica", para lo cual presentara un Informe Final, que contendra el analisis realizado, conclusiones y recomendaciones. Articulo 2.- Modificacion de la conformacion del Grupo de Trabajo creado con Resolucion Ministerial N° 0241-2013-AG Modificase el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 0241-2013-AG, con el texto siguiente: "Articulo 2.- Conformacion. El Grupo de Trabajo a que se refiere el articulo precedente, estara integrado por: - Un (01) representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, quien lo presidira. - El Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria. - El Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica. - El Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones.

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar a su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 965132-1

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