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El Peruano Sábado 20 de julio de 2013 499698 Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 965132-4 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 376-2013-DE/MGP Lima, 19 de julio de 2013 Visto, el Ofi cio N.1000-893 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 15 de mayo de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Brasil ha cursado invitación para que DOS (2) Personal Subalterno de la Marina de Guerra del Perú, participen en el Curso Expedito Fiel de Control de Averías (C-EXP-FICAV), a realizarse en el Centro de Adiestramiento Almirante Marques de León (CAAML), en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 22 de julio al 23 de agosto de 2013; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de adquirir mayor experiencia en este tipo de capacitación, para actualizar y complementar los conocimientos técnicos y operativos adquiridos en los diversos cursos del sistema de enseñanza naval, que contribuirá a elevar el nivel profesional de la Marina de Guerra del Perú; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formación / Califi cación / Especialización, Ítem 55, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Ofi cial de Mar 1° Men. Milton César ROMERO Casquin y del Ofi cial de Mar 1° Mot. Claver William LOZANO Moreno, para que participen en el Curso Expedito Fiel de Control de Averías (C-EXP-FICAV), a realizarse en el Centro de Adiestramiento Almirante Marques de León (CAAML), en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 22 de julio al 23 de agosto de 2013; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el Artículo 24º del Decreto Legislativo N° 1144 - que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 21º del referido Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Ofi cial de Mar 1° Men. Milton César ROMERO Casquin, CIP. 01906707, DNI. 43305746 y del Ofi cial de Mar 1° Mot. Claver William LOZANO Moreno, CIP. 05918509, DNI. 43291510, para que participen en el Curso Expedito Fiel de Control de Averías (C-EXP- FICAV), a realizarse en el Centro de Adiestramiento Almirante Marques de León (CAAML), en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 22 de julio al 23 de agosto de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 1,060.00 x 2 personas US$. 2,120.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 2,200.00 / 31 x 10 (julio 2013) días x 2 personas US$. 1,419.35 US$. 2,200.00 / 31 x 23 (agosto 2013) días x 2 personas US$. 3,264.52 TOTAL A PAGAR: US$ 6,803.87 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú Año Fiscal 2013, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de