Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2013 (20/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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Que, el Decreto Legislativo Nº 346, Ley de Politica Nacional de Poblacion, en su Titulo Preliminar articulo II establece: "La politica nacional de poblacion tiene por objeto planificar y ejecutar las acciones del Estado relativas al volumen, estructura, dinamica y distribucion de la poblacion en el territorio nacional". Que, el Decreto Supremo Nº 005-2010-MINDES, Aprueba el Plan Nacional de Poblacion 2010-2014, establece como objetivo general: "Incorporar las oportunidades y retos del cambio demografico en las politicas y estrategias de desarrollo para contribuir a superar la pobreza y a eliminar las inquietudes y desigualdades sociales, economicas y territoriales del pais". Que, con Resolucion Gerencial General Regional Nº 469-2011-G.G.R./GOB.REG.TACNA de fecha 29 de diciembre del 2011, emitida por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna se resuelve: "ARTICULO PRIMERO: CONFORMAR EL EQUIPO TECNICO responsable de la formulacion del PROGRAMA REGIONAL DE POBLACION DE TACNA (...)". Que, con Oficio Nº 588-2013-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de marzo del 2013, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el "Programa Regional de Poblacion Tacna 2013-2017", con la finalidad de que sea aprobada mediante Ordenanza Regional, adjuntandose los respectivos documentos e informes que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 018-2013-GRDS-PDSIO/GOB. REG.TACNA del 25 de febrero del 2013 emitido por la responsable de la Actividad "Poblacion Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades"; el Informe Nº 0052-2013PDSIO-GRDS/GOB.REG.TACNA del 27 de febrero del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 027-2013SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 04 de marzo del 2013 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 313-2013-ORAJ/GOB.REG.TACNA del 12 de marzo del 2013 emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la propuesta normativa emite el Dictamen Nº 018-2013-CR-COPPAT de fecha 03 de junio del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "APROBAR EL PROGRAMA REGIONAL DE POBLACION TACNA 2013 - 2017", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de junio del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR el PROGRAMA REGIONAL DE POBLACION TACNA 2013 ­ 2017, que en anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional, el cual consta de cuarenta y cinco (45) folios. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a las areas competentes del Gobierno Regional de Tacna la implementacion y monitoreo de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales de la Region Tacna, para que en el MORDAZA de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Cuarto.- INSTAR al Ejecutivo Regional a dictar las medidas complementarias necesarias para la eficiente y eficaz gestion e implementacion del Programa Regional de Poblacion Tacna 2013 ­ 2017. Articulo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional, asimismo el anexo, se publicaran en el MORDAZA electronico de la institucion www.regiontacna.gob.pe conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia trece de junio del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 9 de MORDAZA de 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito
ORDENANZA Nº 145-MDSB San MORDAZA, 26 de junio del 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de San MORDAZA de fecha 26 de Junio del 2013, con dispensa de aprobacion del acta; VISTO: El proveido referente a la aprobacion de la Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de San Bartolo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 28607, senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de San MORDAZA, tiene como objetivo general contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA y el medio ambiente del distrito de San MORDAZA, garantizando la efectiva cobertura y calidad de servicio de limpieza publica, asi como su sostenibilidad, a traves de un sistema integrado de recoleccion, transformacion, comercializacion y disposicion adecuada de los residuos solidos, con capacidades tecnicas y gerenciales en base a una planificacion participativa y conciencia ambiental formada en la poblacion, sus organizaciones y empresas con las que cuenta el distrito; Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Nº 27972 en su articulo 73º senala entre las materias de competencias ambiental municipal, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo, la proteccion y conservacion del ambiente; asi como la formulacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en material ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, segun el articulo 10º de la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314 modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la

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