Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2013 (20/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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virus de la influenza porcina o SIV, se trata de la influenza MORDAZA A sub MORDAZA H 1 N1, que ha sido adquirida por dichos pacientes en distintas circunstancias; dijo, esta situacion resulta aun mas critica si tenemos en cuenta que en la Region MORDAZA estamos atravesando fuertes enfriamientos, que afectan especialmente a los ninos que se encuentran asistiendo a clases a tempranas horas de la manana; situacion que con la aglomeracion de personas facilita la trasmision del virus; Que, es politica nacional y es funcion del Gobierno Regional promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud; como tambien es funcion de dicho nivel de gobierno regular y supervisar los servicios de educacion inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria; lo que obliga a que se tenga que adoptar medidas urgentes en proteccion de la salud de los ninos y jovenes de educacion inicial, primaria y secundaria en toda la Region Moquegua; dado a que son ellos los que estan expuestos a adquirir y propalar enfermedades por efectos del fuerte friaje que se viene produciendo durante el mes de MORDAZA, en especial, contexto que se complica con la aparicion de la influenza porcina; en consecuencia como Gobierno Regional se debe ejecutar politicas y promover acciones de prevencion de la salud de la poblacion estudiantil, prioritariamente, disponiendo la suspension de labores educativas como adelanto de las vacaciones estudiantiles de medio ano o con la obligacion de reprogramar el dictado de clases de aquellas Instituciones Educativas que no MORDAZA uso de dichas vacaciones; esto a partir del 22 de MORDAZA al 04 de agosto del 2013; Que, en el Directorio de Gerentes del Gobierno Regional MORDAZA, de fecha 17 de MORDAZA del 2013, se propuso, debatio y acordo la suspension del dictado en las condiciones senaladas en el ultimo extremo del considerando precedente, para evitar contagio y propalacion del virus; De conformidad con lo establecido en los articulos 21º, 22º, 40º, 47 inc. e) y articulo 49 inc. e) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y visaciones; DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER la suspension del dictado de clases en todas las instituciones educativas de la Region MORDAZA, sin excepcion, a partir del 22 de MORDAZA hasta el 04 de agosto del 2013. Siendo de responsabilidad del Director Regional de Educacion, Directores de las UGELs, de los Promotores y de los Directores de cada Institucion Educativa el cumplimiento de esta disposicion. En las instituciones educativas que corresponda hacer uso de las vacaciones de medio ano, dichas vacaciones seran adelantadas durante el periodo de suspension de dictado de clases dispuestas en el parrafo precedente. Las instituciones educativas que hayan hecho uso de tales vacaciones, estaran en la obligacion de reprogramar el dictado de clases para recuperar el periodo de suspension. Articulo 2º.- DISPONER que la Direccion Regional de Salud, a traves de todos sus establecimientos de salud en la Region MORDAZA, realice campanas de informacion y prevencion, para evitar se propale el virus de influenza MORDAZA A sub MORDAZA H 1 N1. Articulo 3º.- PUBLICAR, el presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano, en diarios de circulacion regional, en el MORDAZA de la Entidad. Remitiendo MORDAZA del mismo a Presidencia Regional, Ministerio de Educacion, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social y al Organo Regional de Control Institucional. Dado en la Sede del Gobierno Regional, en MORDAZA a los 17 dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional POR CUANTO:

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de junio del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el articulo 192 prescribe: "Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15 establece como atribucion del Consejo Regional: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 033-2010-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 29 de diciembre del 2010, en su articulo 49 senala: "Son atribuciones del Consejo Regional, las siguientes: (...) s. Aprobar instrumentos de gestion institucional, cuando asi lo demande la MORDAZA expresa". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, en su articulo 5 senala: "(...) REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF. Es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas y establece sus relaciones y responsabilidades". En su articulo 34 dispone que: "La aprobacion del ROF de las entidades se realizaran de acuerdo al siguiente esquema: (...) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional". Que, la Resolucion Ministerial Nº 114-2011-VIVIENDA, establece que los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Callao, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali son competentes para la funcion establecida en el inciso n) del Articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 1 establece: "Declarar concluido el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia a los Gobiernos Regionales de (...) Tacna (...), de las competencias de la funcion especifica establecida en el inciso n) del articulo 51 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales (...)". Que, el Decreto Supremo Nº 067-2011-EF, Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2011, establece lo siguiente: "(...) Articulo 1º.- Objeto, 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2011, (...), para el desarrollo de las competencias de la funcion especifica considerada en el literal n) del articulo 51º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales (...). Articulo 4º.- Adecuacion de los instrumentos de gestion, (...) los Gobiernos Regionales deberan dictar las disposiciones necesarias a fin de adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion en virtud de la transferencia de las funciones, (...)". Que, con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 198-2011P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 03 de MORDAZA del 2011, emitida por la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna se resuelve: "Articulo 1º.- Apruebese la desagregacion de los recursos aprobados mediante el D.S. Nº 067-2011-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto Institucional (...) del Gobierno Regional del Departamento de Tacna ­ Unidad Ejecutora (...) Agricultura". Que, con Decreto Regional Nº 003-2013-P.R./GOB.REG. TACNA de fecha del 27 de marzo del 2013 se establece lo siguiente: ARTICULO PRIMERO: APROBAR el MANUAL DE IDENTIDAD VISUAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE

964483-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de Agricultura Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

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