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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (07/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496715 Nº de Orden DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS COSTOS ADMINISTRATIVOS (en % UIT) (en S/.) 49 RENOVACIÓN DE EJECUTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PERSONA JURÍDICA NACIONAL 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Operaciones Registrales, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 9.42% S/. 348.50 3.-Las personas jurídicas que por su tipo societario no se encuentren obligadas a inscribir en Registros Públicos su distribución accionaria deberán presentar copia simple del libro de matrícula de acciones, en la cual fi guren sus accionistas o socios, así como el número de acciones que le corresponde a cada uno de ellos y su fecha de ingreso. 4.- Copia de la constancia de inscripción en el Registro de Micro y Pequeñas Empresas (REMYPE). 5.- Copia simple de la última “Declaración Pago Anual del Impuesto a la Renta Tercera Categoría” declarada a la SUNAT con la constancia de presentación respectiva y el reporte de “declaraciones y pagos” (o reporte similar) con el cual se acredite esta constancia; o en su defecto, Estados Financieros auditados Individuales (Dictamen de auditor independiente, Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y Notas o anexos contables), que permita acreditar los siguientes indicadores: Endeudamiento = Patrimonio / (Pasivo corriente + Pasivo no corriente) Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo corriente Solvencia Patrimonial = Patrimonio / Capital Social Margen Bruto = Utilidad Operativa / (Patrimonio + Pasivo no corriente) En caso, no se acredite el indicador de liquidez corriente y/o endeudamiento, deberá presentar un cronograma mensual o manifi esto de las amortizaciones del pasivo corriente durante el ejercicio siguiente, así como el saldo por amortizar en caso no se haya terminado de cancelar dicho pasivo, el cual debe encontrarse debidamente fi rmado por el funcionario(s) o representante que cuente(n) con las facultades para emitir este tipo de declaraciones, para lo cual adjuntará el instrumento que acredite tal facultad. El Registro podrá requerir información adicional cuando ésta sea necesaria para acreditar su capacidad económica, según el caso concreto. 6.- Estar al día en la declaración mensual del récord de ejecución de obras. Nota: - Podrá iniciarse sesenta (60) días calendario antes de fi nalizar la vigencia de su inscripción o en forma posterior. - Cuando la Sub Dirección de Operaciones Registrales no haya podido acceder a la información de la empresa mediante el portal institucional de SUNARP, ésta deberá presentar copia literal certifi cada de su partida expedida por Registros Públicos. - Cuando la fecha de designación de los miembros que integran actualmente sus órganos de administración no fi gure inscrita en Registros Públicos, deberá presentar copia simple del acta emitida por el órgano competente según sus estatutos que acredite dicha información. - Cuando la fecha de ingreso de sus participacionistas o titulares de la persona jurídica no se encuentren inscritos en Registros Públicos deberá presentar copia de las actas de transferencia de acciones que se hubieran producido con posterioridad a su constitución. - Si la renovación es solicitada después de haber transcurrido cinco (5) años de vencido la vigencia de su inscripción y/o muestre una reducción de capital que afecte su capacidad máxima de contratación, deberá adjuntar los documentos para acreditar experiencia en obras, solicitados en el procedimiento de aumento de capacidad máxima de contratación. 50 RENOVACIÓN DE EJECUTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PERSONA NATURAL EXTRANJERA 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Operaciones Registrales, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 9.42% S/. 348.50 3.-El solicitante no domiciliado en el país, para acreditar al apoderado o representante, según corresponda, deberá adjuntar copia simple del poder vigente inscrito en Registros Públicos del Perú, con la facultad de representar al poderdante en procedimientos administrativos ante entidades públicas, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. 4.- Estar colegiado en el Perú o presentar copia del título profesional reconocido o revalidado por la Asamblea Nacional de Rectores que acredite su profesión o especialidad , cuando no cuente con colegiatura en el Perú. 5.- Estados Financieros auditados individuales o consolidados en los que se pueda evidenciar en forma individual la información de la persona que solicita su renovación de inscripción, correspondiente al último ejercicio económico (Dictamen de auditor independiente, Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y Notas o anexos contables), que permitan acreditar los siguientes indicadores: Endeudamiento = Patrimonio / (Pasivo corriente + Pasivo no corriente) Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo corriente Solvencia Patrimonial = Patrimonio / Capital Social Margen Bruto = Utilidad Operativa / (Patrimonio + Pasivo no corriente) En caso, no se acredite el indicador de liquidez corriente y/o endeudamiento, deberá presentar un cronograma mensual o manifi esto de las amortizaciones del pasivo corriente durante el ejercicio siguiente, así como el saldo por amortizar en caso no se haya terminado de cancelar dicho pasivo, el cual debe encontrarse debidamente fi rmado por el funcionario o representante que cuente con las facultades para emitir este tipo de declaraciones. El Registro podrá requerir información adicional cuando ésta sea necesaria para acreditar su capacidad económica, según el caso concreto. 6.- Estar al día en la declaración mensual del récord de ejecución de obras. REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN