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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (07/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496720 Nº de Orden DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS COSTOS ADMINISTRATIVOS (en % UIT) (en S/.) 81 REGULARIZACIÓN DEL RÉCORD DE EJECUCIÓN O CONSULTORÍA DE OBRAS Declaración del récord de obras, después de los diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes, consignando las obras o consultorías no comunicadas oportunamente. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 2.11% S/. 78.00 ANTE LA OFICINA DE APOYO A LA GESTIÓN INSTITUCIONAL 82 ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 1.- Solicitud dirigida a la Ofi cina de Apoyo a la Gestión Institucional, según formulario ofi cial: 2.- Datos del solicitante, según formulario ofi cial. 3.- Datos correspondientes a la información requerida. 4.- Pago de la tasa correspondiente. - Copia Autenticada. 0.002% S/. 0.08 - Copia Simple. 0.002% S/. 0.08 - Medio Digital 0.030% S/. 1.00 ANTE LA DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN 83 DENUNCIAS POR TRANSGRESIONES A LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO CUYO VALOR REFERENCIAL GUARDE CORRESPONDENCIA CON LP,CP Y ADP Y LAS POSIBLES EXCEPCIONES QUE PUDIERAN PRESENTARSE 1.- Solicitud dirigida a la Dirección de Supervisión, según formulario ofi cial, debidamente llenado por cada proceso de selección que es materia de denuncia, debiendo incluir, entre otros, los datos del denunciante, los hechos denunciados y la documentación sustentatoria pertinente, de existir. Los hechos que se denuncien deben ser distintos de aquellos que se deban hacer valer mediante el procedimiento de observaciones a las Bases, mediante la interposición de recursos impugnativos o mediante el inicio de procedimiento arbitral por tratarse de controversias surgidas durante la ejecución contractual. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 5.49% S/. 203.00 84 DENUNCIAS POR TRANSGRESIONES A LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO CUYO VALOR REFERENCIAL GUARDA CORRESPONDENCIA CON ADS Y AMC 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Atención de Denuncias, según formulario ofi cial, debidamente llenado por cada proceso de selección que es materia de denuncia, debiendo incluir, entre otros, los datos del denunciante, los hechos denunciados y la documentación sustentatoria pertinente, de existir. Los hechos que se denuncien deben ser distintos de aquellos que se deban hacer valer mediante el procedimiento de observaciones a las Bases, mediante la interposición de recursos impugnativos o mediante el inicio de procedimiento arbitral por tratarse de controversias surgidas durante la ejecución contractual. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 5.49% S/. 203.00 85 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN 1.- Ofi cio remitido por el Presidente del Comité Especial a la Dirección de Supervisión, indicando el número y el nombre de los participantes que solicitaron la elevación de las observaciones, la fecha de pago y el número de la constancia de pago de la tasa correspondiente. El pago debe haberse efectuado por el monto total de la tasa que corresponda abonar. 8.24% S/. 305.00 2.- Una copia simple de cada documento detallado a continuación: a) Documento presentado por el participante en el que se solicite la elevación de las Bases y los actuados al OSCE. En dicho documento debe constar la fecha de recepción. b) Registro de participantes hasta la fecha de elevación de actuados al OSCE, salvo que dicho registro actualizado conste en el SEACE. c) Documento que aprueba el expediente de contratación y documento en el que consta el poder para realizar tal acto, de corresponder. d) Documento que designa al Comité Especial. e) Documento que aprueba las Bases y documento en el que consta el poder para realizar tal acto, de corresponder. f) La totalidad de consultas y observaciones presentadas por todos los participantes. g) Copia(s) del(de los) comprobante(s) de pago de la tasa correspondiente efectuado por el(los) participante(s) que solicita(n) la elevación de observaciones. 3.- Informe Técnico del Comité Especial, distinto del pliego de absolución de observaciones en el que detalle o amplíe las razones por las cuales acogió, no acogió o acogió parcialmente las observaciones respecto de las cuales los participantes han solicitado pronunciamiento. Cuando los participantes observen el valor referencial y/o las especifi caciones técnicas, se anexará los informes de las áreas competentes que lo sustenten. También se adjuntará los informes de las áreas competentes cuando se haya ajustado, modifi cado o actualizado el valor referencial o las especifi caciones técnicas, a propósito de la absolución de consultas y/u observaciones. ANTE LA DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA 86 AUTORIZACIÓN DE NO UTILIZACIÓN DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DE SUBASTA INVERSA 1. Solicitud dirigida a la Dirección Técnico Normativa, según formulario ofi cial, debidamente llenado. Gratuito Gratuito 2. Documento del Órgano encargado de las Contrataciones, que sustente debidamente la no utilización de la modalidad de selección de Subasta Inversa, por existir condiciones más ventajosas, las cuales deben ser objetivas, demostrables y sustanciales para la Entidad. 3. De ser necesario, otros documentos sustentatorios que acrediten las condiciones ventajosas tales como la acreditación de costos, acreditación de no contar con proveedores en la zona, etc. 87 CONSULTAS DE ENTIDADES PÚBLICAS SOBRE LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO 1. Solicitud dirigida a la Dirección Técnico Normativa, formulada por el funcionario competente de la Entidad. La solicitud debe cumplir con: Gratuito Gratuito a) Indicar el nombre o razón social, domicilio, teléfono, facsímil y correo electrónico del solicitante. b) La consulta debe ser clara y directa. Asimismo, la consulta debe ser genérica no pudiendo mencionarse ni aludirse asuntos específi cos o concretos. Si se formulan varias consultas, éstas deben encontrarse vinculadas entre sí. c) La consulta debe versar sobre la normativa de contrataciones del Estado, debiendo indicarse las disposiciones respecto de las que se solicita el análisis. 2. Informe legal emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Entidad, o quien haga sus veces, y técnico, de ser necesario, que explique el tema materia de consulta y plantee el análisis de la Entidad respecto de las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que son materia de consulta. 88 CONSULTAS DEL SECTOR PRIVADO O SOCIEDAD CIVIL SOBRE LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO 1. Solicitud dirigida a la Dirección Técnico Normativa, formulada por la persona natural o el representante legal de la asociación, gremio o persona jurídica interesada. La solicitud debe cumplir con: a) Indicar el nombre o razón social, domicilio, teléfono, facsímil y correo electrónico del solicitante. b) La consulta debe ser clara y directa. Asimismo, la consulta debe ser genérica no pudiendo mencionarse ni aludirse asuntos específi cos o concretos. Si se formulan varias consultas, éstas deben encontrarse vinculadas entre sí. c) La consulta debe versar sobre la normativa de contrataciones del Estado, debiendo indicarse las disposiciones respecto de las que se solicita el análisis. 2. Informe legal y, de ser necesario, técnico, que explique el tema materia de consulta y plantee el análisis del solicitante respecto de las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que son materia de consulta. 3.- Pago de la tasa correspondiente. 7.27% S/. 269.00 947387-5