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El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496709 Nº de Orden DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS COSTOS ADMINISTRATIVOS (en % UIT) (en S/.) 4.- Estar colegiado en el Perú o presentar copia del título profesional reconocido o revalidado por la Asamblea Nacional de Rectores que acredite su profesión o especialidad, cuando no cuente con colegiatura en el Perú. 5.-La experiencia en la especialidad se acreditará con un servicio de consultoría de obra culminado dentro de los últimos cinco (5) años (contados a la fecha de presentación de su solicitud), de la siguiente manera: En consultoría de obras privadas presentarán: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. b) Copia simple de los comprobantes de pago. y, c) Copia simple del documento de conformidad respectiva emitida por la contratante, entidad, y/o empresa prestadora de servicios, según corresponda la naturaleza de la consultoría de obra, y donde se advierta la fecha de culminación de la consultoría. En consultoría de obras públicas que se encuentren fuera del ámbito de aplicación del Reglamento de la Ley, presentarán: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. y, b) Copia simple del documento de conformidad expedido por la entidad contratante, donde se advierta la fecha de culminación de la consultoría de obra. En consultoría de obras Públicas y Privadas realizadas en el extranjero: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. y, b) Copia simple del certifi cado de conformidad o documento similar emitido por el contratante que describa los trabajos realizados y advierta la fecha de culminación de la consultoría de obra. Si en cualquiera de los documentos solicitados no se advierte la descripción de los trabajos u otros detalles necesarios para la acreditación de una especialidad; el administrado deberá presentar documentación adicional emitida por la contratante que detalle la información antes indicada. En cualquiera de los casos donde participe en consorcio, de ser necesario, se requerirá el contrato de consorcio y/o promesa formal de consorcio y/o documento similar para las empresas extranjeras; donde se detallen las prestaciones u obligaciones a realizar por cada 6.- Los documentos provenientes del extranjero deberán cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 255º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades deberán contar con una antigüedad no mayor a ciento cincuenta (150) días calendario, contados a partir del refrendo por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o desde la fecha de la APOSTILLA, a la fecha de presentación de la solicitud. 35 INSCRIPCIÓN DE CONSULTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PERSONA NATURAL 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Operaciones Registrales, según formulario ofi cial debidamente llenado. 9.43% S/. 349.00 2.- Pago de la tasa correspondiente. 3.- Copia simple del título profesional o documento de afi liación o colegiatura expedido por el colegio profesional correspondiente que acredite su profesión y especialidad, cuando dicha información no fi gure en la página web del Colegio de Ingenieros del Perú o del Colegio de Arquitectos del Perú, según corresponda. 4.-La experiencia en la especialidad se acreditará con un servicio de consultoría de obra culminado dentro de los últimos cinco (5) años (contados a la fecha de presentación de su solicitud), de la siguiente manera: En consultoría de obras privadas presentarán: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. b) Copia simple de los comprobantes de pago. y, c) Copia simple del documento de conformidad respectiva emitida por la contratante, entidad, y/o empresa prestadora de servicios, según corresponda la naturaleza de la consultoría de obra, y donde se advierta la fecha de culminación de la consultoría. En consultoría de obras públicas que se encuentren fuera del ámbito de aplicación del Reglamento de la Ley, presentarán: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. y, b) Copia simple del documento de conformidad expedido por la entidad contratante, donde se advierta la fecha de culminación de la consultoría de obra. En consultoría de obras Públicas y Privadas realizadas en el extranjero: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. y, b) Copia simple del certifi cado de conformidad o documento similar emitido por el contratante que describa los trabajos realizados y advierta la fecha de culminación de la consultoría de obra. Si en cualquiera de los documentos solicitados no se advierte la descripción de los trabajos u otros detalles necesarios para la acreditación de una especialidad; el administrado deberá presentar documentación adicional emitida por la contratante que detalle la información antes indicada. En cualquiera de los casos donde participe en consorcio, de ser necesario, se requerirá el contrato de consorcio y/o promesa formal de consorcio y/o documento similar para las empresas extranjeras; donde se detallen las prestaciones u obligaciones a realizar por cada 36 INSCRIPCIÓN DE EJECUTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PERSONA JURÍDICA EXTRANJERA 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Operaciones Registrales, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 9.43% S/. 349.00 3.- La persona jurídica extranjera no domiciliada (matriz), para acreditar al apoderado o representante, según corresponda, deberá adjuntar copia simple del poder vigente inscrito en Registros Públicos del Perú, con la facultad de representar al poderdante en procedimientos administrativos ante entidades públicas, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. 4.- Copia de la escritura pública, inscrita en Registros Públicos o ante autoridad competente en su país de origen, o documento ofi cial emitido por la autoridad registral del país de origen, que acredite la información declarada en el formulario electrónico respecto de la conformación jurídica de la matriz. En el caso que en dichos documentos no fi gure la distribución de acciones y/o la fecha de ingreso del accionista, deberá presentar documento similar al libro de matrícula de acciones o Testimonio o acta de la Junta General de Accionistas de la empresa donde fi gure dicha información, según corresponda. Excepcionalmente, cuando el país de origen no expida los instrumentos antes mencionados, podrá presentar documento emitido por el órgano de administración que cuente con facultades para realizar dichas declaraciones. 5.-El proveedor constituido en el extranjero (matriz o sucursal) que provenga de un país con el cual Perú no cuenta con un Tratado o Compromiso Internacional vigente, que incluya disposiciones en materia de contrataciones públicas, presentará copia de la escritura pública, testimonio, acta o similar, donde la Junta General de Accionistas u órgano análogo de la sociedad, de acuerdo a sus estatutos o leyes del país en el cual se constituyó la matriz, acuerde el monto que será depositado en una cuenta abierta en una entidad del sistema fi nanciero nacional a nombre de su representante en el Perú, que corresponderá al capital asignado inscrito en los Registros Públicos en caso de sucursal o como depósito a nombre del representante en el país en caso de la matriz. Asimismo, los proveedores constituidos en el extranjero (matriz o sucursal) deberán presentar copia del reporte de estado de cuenta, extracto bancario, voucher de depósito o constancia de entidad fi nanciera en el que acredite el depósito de dicho monto.