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El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496719 Nº de Orden DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS COSTOS ADMINISTRATIVOS (en % UIT) (en S/.) Nota: Cuando el proveedor extranjero no domiciliado (matriz) solicite el cambio de razón o denominación social a sucursal y su condición a proveedor extranjero domiciliado, debe registrar previamente una sucursal ante Registros Públicos y obtener el RUC ante SUNAT. Asimismo, para la procedencia de su solicitud, el capital asignado a la sucursal inscrito en Registros Públicos, no debe ser inferior al 5% de su capacidad máxima de contratación. 74 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO DE DOMICILIO DE PROVEEDORES NACIONALES CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. 3.- Pago de la tasa correspondiente. a. Persona Natural 2.53% S/. 93.50 b. Persona Jurídica 2.53% S/. 93.50 Nota: El cambio solicitado debe haber sido registrado previamente ante la SUNAT. 75 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO DE RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL DE PROVEEDORES EXTRANJEROS CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP (INCLUYE TRANSFORMACIÓN SOCIETARIA) Y MODIFICACIÓN DE NOMBRE DE PERSONAS NATURALES Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. 3.- El cambio solicitado debe haber sido registrado previamente ante la SUNAT (Domiciliado) 4.- Copia de la escritura pública o documento donde conste el cambio solicitado, inscrito ante autoridad competente en el país de origen (No Domiciliado) 5.- El solicitante no domiciliado en el país (empresas extranjeras que no tengan sucursal en el país), para acreditar al apoderado o representante, según corresponda, deberá adjuntar copia simple del poder vigente inscrito en Registros Públicos del Perú, con la facultad de representar al poderdante en procedimientos administrativos ante entidades públicas, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. 6.- Los documentos provenientes del extranjero deberán cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 255º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades deberán contar con una antigüedad no mayor a ciento cincuenta (150) días calendario, contado a partir del refrendo por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o desde la fecha de la APOSTILLA, hasta la fecha de presentación de la solicitud. 7.- Pago de la tasa correspondiente. 2.61% S/. 96.50 Nota: Cuando el proveedor extranjero no domiciliado (matriz) solicite el cambio de razón o denominación social a sucursal y su condición a proveedor extranjero domiciliado, debe registrar previamente una sucursal ante Registros Públicos y obtener el RUC ante SUNAT. Asimismo, para la procedencia de su solicitud, el capital asignado a la sucursal inscrito en Registros Públicos,no debe ser inferior al 5% de su capacidad máxima de contratación. 76 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO DE RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL DE PROVEEDORES NACIONALES CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP (INCLUYE TRANSFORMACIÓN SOCIETARIA) Y MODIFICACIÓN DE NOMBRE DE PERSONAS NATURALES Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 2.61% S/. 96.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. Nota: El cambio solicitado debe haber sido registrado previamente ante la SUNAT 77 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO Y/O INCLUSIÓN DE APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL DE PROVEEDORES EXTRANJEROS CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 2.61% S/. 96.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. 4.- El solicitante para acreditar al nuevo apoderado o representante, según corresponda, deberá adjuntar copia simple del poder vigente inscrito en Registros Públicos del Perú, con la facultad de representar al poderdante en procedimientos administrativos ante entidades públicas, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. Nota: El cambio solicitado debe haber sido registrado previamente ante Registros Públicos, (SUCURSAL). 78 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO Y/O INCLUSIÓN DE APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL DE PROVEEDORES NACIONALES CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a laSub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 2.61% S/. 96.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. Nota: El cambio o inclusión del nuevo representante, debe haber sido registrado previamente ante Registros Públicos. 79 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO Y/O INCLUSIÓN DE SOCIOS, ACCIONISTAS, TITULAR, ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN, DISTRIBUCIÓN DE LAS ACCIONES Y/O PARTICIPACIONES DE PROVEEDORES EXTRANJEROS CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 2.39% S/. 88.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. 4.- Copia simple del libro de matrícula de acciones o testimonio que acredite el cambio de socios o accionistas, cuando dicha información no sea inscribible de forma obligatoria ante los Resgistros Públicos o autoridad competente en el país de origen. 5.- Copia de la escritura pública o documento donde conste el cambio solicitado, inscrito en los Registros Públicos o autoridad competente en el país de origen. 6.- El solicitante no domiciliado en el país (empresas extranjeras que no tengan sucursal en el país), para acreditar al apoderado o representante, según corresponda, deberán adjuntar copia simple del poder vigente inscrito en Registros Públicos del Perú, con la facultad de representar al poderdante en procedimientos administrativos ante entidades públicas, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. 7.- Los documentos provenientes del extranjero deberán cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 255º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades deberán contar con una antigüedad no mayor a ciento cincuenta (150) días calendario, contado a partir del refrendo por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o desde la fecha de la APOSTILLA hasta la fecha de presentación de la solicitud. 80 REGULARIZACIÓN DE CAMBIO Y/O INCLUSIÓN DE SOCIOS, ACCIONISTAS O TITULAR, ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN, DISTRIBUCIÓN DE ACCIONES Y/O PARTICIPACIONES DE PROVEEDORES NACIONALES CON INSCRIPCIÓN VIGENTE EN EL RNP Declaración después del plazo de diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuado el cambio. 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Información Registral, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 2.39% S/. 88.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite. Cuando la información no sea inscribible de forma obligatoria en Registros Públicos respecto de sus accionistas, socios y fechas de ingreso, presentará copia simple del testimonio o libro de matrícula de acciones en la cual fi gure dicha información. Nota: El cambio solicitado debe haber sido registrado previamente ante la SUNARP, cuando corresponda.