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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (07/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496704 Nº de Orden DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS COSTOS ADMINISTRATIVOS (en % UIT) (en S/.) 27 AMPLIACIÓN DE ESPECIALIDAD DE CONSULTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PERSONA NATURAL NACIONAL 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Operaciones Registrales, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 9.72% S/. 359.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite 4.- Copia simple del título profesional o documento de afi liación o colegiatura expedido por el colegio profesional correspondiente que acredite su profesión y especialidad, cuando dicha información no figure en la página web del Colegio de Ingenieros del Perú o del Colegio de Arquitectos del Perú, según corresponda. 5.- Estar al día en la declaración mensual del récord de consultoría de obras . 6.-La experiencia en la especialidad se acreditará con un servicio de consultoría de obra culminado dentro de los últimos cinco (5) años (contados a la fecha de presentación de su solicitud), de la siguiente manera: En consultorías de obras realizadas en el Perú: *En consultoría de obras públicas presentarán: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. y, b) Copia simple del documento de conformidad expedido por la entidad contratante, donde se advierta la fecha de culminación de la consultoría de obra. *En consultoría de obras privadas presentarán: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra. b) Copia simple de los comprobantes de pago. y, c) Copia simple del documento de conformidad respectiva emitida por la contratante, entidad, y/o empresa prestadora de servicios, según corresponda la naturaleza de la consultoría de obra, y donde se advierta la fecha de culminación de la consultoría. En consultoría de obras Públicas y Privadas realizadas en el extranjero: a) Copia simple del contrato de consultoría de obra y, b) Copia simple del certifi cado de conformidad o documento similar emitido por el contratante que describa los trabajos realizados y advierta la fecha de culminación de la consultoría de obra. Si en cualquiera de los documentos solicitados no se advierte la descripción de los trabajos u otros detalles necesarios para la acreditación de una especialidad; el administrado deberá presentar documentación adicional emitida por la contratante que detalle la información antes indicada. En cualquiera de los casos donde participe en consorcio, de ser necesario, se requerirá el contrato de consorcio y/o promesa formal de consorcio y/o documento similar para las empresas extranjeras; donde se detallen las prestaciones u obligaciones a realizar por cada integrante. 28 AUMENTO DE CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACIÓN DE EJECUTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PERSONA JURÍDICA EXTRANJERA 1.- Solicitud dirigida a la Sub Dirección de Operaciones Registrales, según formulario ofi cial debidamente llenado. 2.- Pago de la tasa correspondiente. 9.42% S/. 348.50 3.- Contar con inscripción vigente en el RNP para ser participante, postor y contratista, para la aprobación del trámite 4.- La persona jurídica extranjera no domiciliada (matriz), para acreditar al apoderado o representante, según corresponda, deberá adjuntar copia simple del poder vigente inscrito en Registros Públicos del Perú, con la facultad de representar al poderdante en procedimientos administrativos ante entidades públicas, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. 5.- Copia de la escritura pública, inscrita en Registros Públicos o ante autoridad competente en su país origen, o documento ofi cial emitido por la autoridad registral del país de origen, que acredite la información declarada en el formulario ofi cial respecto de la conformación jurídica de la matriz. En el caso que en dichos documentos no fi gure la distribución de acciones y/o la fecha de ingreso del accionista, deberá presentar documento similar al libro de matrícula de acciones o Testimonio o acta de la Junta General de Accionistas de la empresa donde fi gure dicha información, según corresponda. Excepcionalmente, cuando el país de origen no expida los instrumentos antes mencionados, podrá presentar documento emitido por el órgano de administración que cuente con facultades para realizar dichas declaraciones. 6.-El proveedor constituido en el extranjero (matriz o sucursal) que provenga de un país con el cual Perú no cuenta con un Tratado o Compromiso Internacional vigente, que incluya disposiciones en materia de contrataciones públicas, presentará copia de la escritura pública, testimonio, acta o similar, donde la Junta General de Accionistas u órgano análogo de la sociedad, de acuerdo a sus estatutos o leyes del país en el cual se constituyó la matriz, acuerde el monto que será depositado en una cuenta abierta en una entidad del sistema fi nanciero nacional a nombre de su representante en el Perú, que corresponderá al capital asignado inscrito en los Registros Públicos en caso de sucursal o como depósito a nombre del representante en el país en el caso de la matriz. Asimismo, los proveedores constituidos en el extranjero (matriz o sucursal) deberán presentar copia del reporte de estado de cuenta, extracto bancario, voucher de depósito o constancia de entidad fi nanciera en el que acredite el depósito de dicho monto, o la declaración jurada fi rmada por el representante legal (matriz o sucursal) o apoderado (matriz) en donde manifi este que durante la vigencia otorgada por el RNP, el depósito dinerario acreditado se mantuvo en la cuenta abierta en el sistema fi nanciero nacional, según corresponda. El proveedor que hubiera optado por utilizar total o parcialmente el monto acreditado como depósito para fi nanciar sus operaciones en territorio nacional deberán presentar, adicionalmente, el formulario respectivo que acredite dicha situación. 7.- Estados Financieros auditados individuales o consolidados en los que se pueda evidenciar en forma individual la información de la empresa que solicita el aumento de capacidad máxima de contratación, correspondiente al último ejercicio económico (Dictamen de auditor independiente, Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y Notas o anexos contables), que permitan acreditar los siguientes indicadores: Endeudamiento = Patrimonio / (Pasivo corriente + Pasivo no corriente) Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo corriente Solvencia Patrimonial = Patrimonio / Capital Social Margen Bruto = Utilidad Operativa / (Patrimonio + Pasivo no corriente) En caso, no se acredite el indicador de liquidez corriente y/o endeudamiento, deberá presentar un cronograma mensual o manifi esto de las amortizaciones del pasivo corriente durante el ejercicio siguiente, así como el saldo por amortizar en caso no se haya terminado de cancelar dicho pasivo, el cual debe encontrarse debidamente fi rmado por el directorio, consejo de administración, órgano similar o por el funcionario(s) o representante que cuente(n) con las facultades para emitir este tipo de declaraciones, para lo cual adjuntará el instrumento que acredite tal facultad. El Registro podrá requerir información adicional cuando ésta sea necesaria para acreditar su capacidad económica, según el caso concreto. 8.- Estar al día en la declaración mensual del récord de ejecución de obras . 9.-Documentos para acreditar experiencia en obras culminadas en los últimos cinco (5) años, considerados hasta la fecha de presentación de la solicitud. En obras públicas y privadas culminadas en el extranjero: a) Copia simple del contrato de obra y, b) Copia simple del certifi cado de culminación o documento similar donde fi gure el monto fi nal de la obra (independientemente de otras prestaciones), la fecha de culminación de la obra, y de ser el caso descripción de los trabajos ejecutados. Si en cualquiera de los documentos solicitados no se advierta la descripción del trabajo realizado, u otros detalles necesarios para la acreditación de la obra; el administrado deberá presentar documentación adicional emitida por la contratante que muestra la información antes indicada.