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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (08/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Sábado 8 de junio de 2013 496842 Pasajes US$ 848.75 Viáticos US$ 1,760.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 947236-5 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 326 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú del 1993 modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modifi catorias: en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Mayo del 2012, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales, de conformidad con el Art. 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; en tal contexto, de conformidad con el Inc. a) del Art. 9º del acotado cuerpo normativo, tiene como una de sus competencias constitucionales: “Aprobar su organización interna y su presupuesto”. Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, que señala: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestión, entre otros, de la Sede y Dependencias Públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38° del mencionado cuerpo normativo que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, la Dirección Regional de Transportes, ha modifi cado su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP), donde incluye la plaza de Asistente Social III y considera entre otros, la absolución a las observaciones formuladas por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, subsanando mediante Informe N° 181-2012-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC-DPP, de fecha 10 de Octubre del 2012, en cuanto a la variación del número de la Plaza de Asistente Social III, mencionado en el sustento y consignado en el CAP del Sector; y mediante Informe N° 037-2013-G.R.AMAZONAS/DRTC-DPP, de fecha 26 de Febrero del 2013, sobre la dependencia de la Dirección Sub Regional de Transportes y Comunicaciones Bagua, Utcubamba y Condorcanqui, quedando en que esta Dirección Sub Regional, continuará dependiendo administrativa y presupuestalmente de la Gerencia Sub Regional de Bagua y funcional, técnica y normativamente de la Dirección Regional de Transportes; concluyendo que dichos documentos de gestión, han sido actualizados, adecuándoles a la realidad vigente organizativa, estructural y administrativa del Sector en mención. Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; Que, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) modifi cado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, comprende en cuanto al componente: Sede del Sector, un total de 62 plazas, de los cuales 38 son ocupadas y 24 son previstas y en cuanto al componente: Dirección Sub Regional de Transportes y Comunicaciones de Bagua, Utcubamba y Condorcanqui, un total de 77 plazas, de las cuales 42 son ocupadas y 35 son previstas. Que, de acuerdo al Artículo 4° del D.S. N° 043-2004- PCM, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), es un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica. Que, el pleno del Consejo Regional, ha analizado los citados documentos de gestión, determinando que han sido actualizados cumpliendo con los requisitos que exigen la normas vigentes, como el D. Leg. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM, el D.S. Nº 043-2004-PCM que establece los Lineamientos para la formulación de los Cuadros para Asignación de Personal-CAP de las Entidades Públicas y el D.S. Nº 043-2006-PCM, que establece los lineamientos para la formulación y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las entidades de la Administración Pública; por lo que contando con el Informe favorable de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, así como Dictamen favorable de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; ha visto por conveniente aprobar su modifi cación. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 09, mediante Acuerdo N° 90-2013 de fecha 07 de Mayo del 2013, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modifi catorias N° 28968 y 29053 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modifi cado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Amazonas, el que contiene siete (07) Títulos, seis Capítulos (06), sesenta y seis (66) Artículos, siete (07) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, en 032 folios. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) modifi cado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Amazonas, en 14 folios. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza