Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2013 (13/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013

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creado a traves del Titulo V del Decreto Ley Nº 25902, el cual tiene por finalidad dotar a la actividad MORDAZA y pecuaria nacional de un MORDAZA de mayor seguridad y menores riesgos sanitarios, contribuyendo a su desarrollo sostenido y por ende al bienestar de la poblacion; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-AG se aprueba el Reglamento para reforzar las acciones de control post registro de plaguicidas quimicos de uso agricola; Que, el articulo 11° del Reglamento citado senala que los titulares de registro deberan contar con programas de actividades de capacitacion y asistencia tecnica con una duracion de dos (2) anos, de manera individual o asociada, pudiendo designar a terceros para su ejecucion bajo su responsabilidad; Que, asimismo, el articulo 12° del Reglamento precitado indica que el SENASA aprobara bianualmente el Plan Nacional de Capacitacion y Asistencia Tecnica en Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, conformado por los programas de actividades de capacitacion y asistencia tecnica de los titulares de registro y los programas que con el mismo proposito establezcan Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y el SENASA. Para ello los titulares de registro deben presentar al SENASA, de manera individual, agrupada o asociada, hasta el ultimo dia habil del mes de enero de cada ano que corresponda, sus respectivos programas para su evaluacion y analisis, teniendo en cuenta los lineamientos citados en el articulo precedente y los lineamientos especificos aprobados por el SENASA. El SENASA aprobara el Plan Nacional de Capacitacion y Asistencia Tecnica MORDAZA de culminar el primer trimestre de cada ano de presentacion. Que, mediante Informes del visto, la Subdireccion de Insumos Agricolas comunica la relacion de titulares de registro de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA que han presentado sus Programas de Capacitacion y Asistencia Tecnica y que se encuentran conformes para su aprobacion; asimismo, senala que la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Aprueban Programas de Capacitacion y Asistencia Tecnica presentados por empresas titulares de registros de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y Programa de Capacitacion de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura para el ano 2013
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 041-2013-AG-SENASA-DIAIA 20 de MORDAZA de 2013 VISTO: Los hechos materia de instruccion, senalados en el Informe-0008-2013-AG-SENASA-DIAIA-SIAJCARRASCO de fecha 8 de MORDAZA de 2013 e Informe-00212013-AG-SENASA-DIAIA-SIA-JCARRASCO de fecha 1 de MORDAZA de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2010-PCM se aprobo la actualizacion de la calificacion y relacion de los Organismos Publicos que establece el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, mediante el cual se califica al Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA como Organismo Tecnico Especializado adscrito al Ministerio de Agricultura,

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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