Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2013 (13/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013

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integrante de la presente Resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

MTC/12.04 y Nº 215-2013-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camero, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 17 al 20 de junio de 2013, a la MORDAZA de Wichita, Estados Unidos de America; de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, sustentado en los Informes Nº 213-2013-MTC/12.04 y Nº 215-2013-MTC/12.04. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Aerodiana S.A.C., a traves de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 17 AL 20 DE JUNIO DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 215-2013-MTC/12.04 Y Nº 213-2013-MTC/12.04
ORDEN DE INSPECCION INICIO Nº 1419-2013-MTC/12.04 FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE AERODIANA S.A.C. INSPECTOR MORDAZA Camero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Wichita MORDAZA EUA DETALLE Chequeo tecnico de proficiencia en el simulador de vuelo del equipo C-208, a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs 1797-1796

Revision: Original

Fecha: 30.08.10

17-Jun 20-Jun US$ 880.00

949054-1

Reclasifican temporalmente la jerarquia de tramo MORDAZA Huancachupa - La MORDAZA como Ruta Departamental o Regional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 329-2013 MTC/02 MORDAZA, 10 de junio de 2013 VISTOS: Los Oficios Nºs. 128-2013-GRH/PR y 622-2013GRH/GRPPAT del Gobierno Regional Huanuco; el Informe Nº 152-2013-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos; el Memorandum Nº 1407-2013-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; y, el Memorandum Nº 820-2013-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 2011, se aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, estableciendose la trayectoria de las Rutas Nacionales PE-3N y PE-18 A; y, se derogo el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC; Que, a traves de los Oficios Nº 128-2013-GRH/PR y 622-2013-GRH/GRPPAT de fechas 27 de marzo y 14 de MORDAZA de 2013, respectivamente, el Gobierno Regional MORDAZA solicito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la reclasificacion temporal de la jerarquia del tramo: MORDAZA Huancachupa - La MORDAZA, conformado por las Rutas Nacionales PE-

3N y PE-18 A, como Ruta Departamental o Regional, a fin de mejorar las caracteristicas tecnicas de la via; senalando ademas, que cuenta con los recursos presupuestales necesarios para realizar proyectos viales en el tramo solicitado; Que, con Memorandum Nº 820-2013-MTC/20 de fecha 15 de MORDAZA de 2013, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, senalo que si el Gobierno Regional MORDAZA cuenta con los recursos propios para intervenir en el mejoramiento del tramo: MORDAZA Huancachupa (PE-3N) - La MORDAZA (PE-18 A), en tanto se realicen las siguientes etapas del mejoramiento de la carretera Dv. Cerro de Pasco - Tingo MORDAZA, resulta conveniente reclasificar en forma temporal dicho tramo como Ruta Departamental o Regional; Que, con Informe Nº 152-2013-MTC/14.07 de fecha 17 de MORDAZA de 2013, la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, considero procedente la reclasificacion temporal de la jerarquia del tramo: MORDAZA Huancachupa - La MORDAZA, conformado por las Rutas Nacionales PE-3N y PE-18 A, como Ruta Departamental o Regional, asignandole el Codigo Temporal Nº HU - 114, con la finalidad de posibilitar la intervencion que pretende realizar el Gobierno Regional Huanuco; Que, a traves del Memorandum Nº 1407-2013-MTC/14 de fecha 17 de MORDAZA de 2013, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles senalo su conformidad a la reclasificacion temporal de la jerarquia del tramo: MORDAZA Huancachupa - La MORDAZA, ubicado en las Rutas Nacionales PE-3N y PE-18 A, como Ruta Departamental o Regional, asignandole el Codigo Temporal Nº HU - 114; Que, segun lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad

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