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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (13/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013 497020 con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicación a los criterios establecidos en el artículo 8º del Reglamento, considerando para tales efectos la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6º del Reglamento; Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 10.2 del artículo 10º del Reglamento, las autoridades competentes establecidas en el artículo 6º del Reglamento podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículo 8º del mismo, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2009-MTC, se incorporó al Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, el artículo 5-A, el cual establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6º del Reglamento, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasifi cación, la autoridad solicitante debe acreditar ante el MTC, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional Huánuco, y a lo informado por la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, la Dirección de Caminos y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; resulta procedente reclasifi car temporalmente la jerarquía del tramo: Puente Huancachupa - La Esperanza, conformado por las Rutas Nacionales PE-3N y PE-18 A, como Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº HU - 114; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 044-2008-MTC, Nº 026- 2009-MTC y Nº 036-2011-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente la jerarquía del tramo: Puente Huancachupa - La Esperanza, conformado por las Rutas Nacionales PE-3N y PE-18 A, como Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº HU - 114, adoptando la siguiente trayectoria: Ruta Nº HU-114 Trayectoria: Puente Huancachupa - La Esperanza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 949055-1 Aprueban Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 330-2013-MTC/01 Lima, 10 de junio de 2013 VISTOS: El Informe N° 54-2013-MTC/04.02 de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, así como el Memorando N° 1104-2013-MTC/09.03 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, referidos a la aprobación del Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 de la Directiva N° 03-2008-AGN/ DNDAAI: “Normas para la Formulación y Aprobación del Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos de las entidades de la Administración Pública”, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 346-2008- AGN-J del 03 de septiembre de 2008, establece que el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos – OAA, es un instrumento de gestión archivística que orienta las actividades archivísticas a desarrollar en un período determinado, en relación a los objetivos y metas previstas de la entidad y los del Sistema Nacional de Archivos; Que, el numeral 5.2 de la Directiva N° 03-2008-AGN/ DNDAAI, establece que el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos para su formulación, tendrá en consideración los lineamientos de política institucional, debiendo formar parte del Plan Operativo Institucional en cada entidad sectorial y nacional, manteniendo coherencia con los fi nes y objetivos del Sistema Nacional de Archivos, señalando que dicho documento deberá ser formulado anualmente por el responsable del Órgano de Administración de Archivos, en coordinación con la unidad orgánica de Planifi cación de la entidad, indicando que el responsable del Órgano de Administración de Archivos de nivel central, coordinará la elaboración de su Plan Anual de Trabajo con los Archivos de Gestión, Periféricos y los de nivel desconcentrado de la entidad; Que, el numeral 5.3 de la citada Directiva, establece que el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos – OAA deberá ser aprobado por Resolución de la más alta autoridad o cargo equivalente dentro de la respectiva entidad; Que, asimismo, mediante Memorándum N° 1104- 2013-MTC/09.03 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 635-2013-MTC/09.03 de la Ofi cina de Presupuesto en el que señala que las actividades de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental forman parte del Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del MTC y están consideradas en la categoría presupuestal “acciones centrales”, Actividad 500002 Conducción y orientación superior, Finalidad 00005 Mejoramiento de la gestión documentaria y archivística, con una asignación presupuestal de S/. 2 587 818,00; Que, la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, en su calidad de administradora del Archivo Central, los archivos periféricos y archivos de gestión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, propone mediante los Informes N° 54-2013-MTC/04.02 y 040- 2013-MTC/04.02, la aprobación del Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – 2013; Que, en tal sentido, resulta viable la aprobación del Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – 2013; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 2013, documento que en Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el seguimiento y evaluación del Plan aprobado en el Artículo precedente. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la del documento que aprueba en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 949056-1