Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2013 (01/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 112

489926

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2013

de ubicacion y perimetrico, ubicado en el predio cercado de Chaupimarca ­ MORDAZA de Cerro de Pasco Manzana N´, Lote 2, sector Centro Chaupimarca del Distrito de Chaupimarca, Provincia y Departamento de Pasco, de un area total de 1,574.00 M2, la misma que tiene las medidas y colindancias siguientes: Frente : Colinda con el Jr. MORDAZA MORDAZA, con 30.20 ml. Derecha : Colinda con el Lote 1, 39, con 50.75 ml. Izquierda : Colinda con el Jr. El MORDAZA, con 51.15 ml. Fondo : Colinda con el lote 3, con 31.60 ml Articulo Segundo.- DISPONER, la anotacion preventiva en la oficina de los Registros Publicos de Pasco en la partida P13011708 sobre el inmueble a que se refiere el Articulo Anterior, en la oficina de los Registros Publicos de Pasco; publicando en el Diario Oficial "El Peruano", quedara inscrito en forma definitiva, en un plazo no mayor de treinta dias habiles, de no mediar oposicion judicial de terceros. Articulo Tercero.- Forman parte de la presente Resolucion de Alcaldia la documentacion siguiente: a) Plano ubicacion, perimetrico y localizacion. b) Informe Tecnico de Verificacion. c) Certificado de posesion. d) Certificado de Parametro urbanistico y edificatorios. e) MORDAZA Literal de propiedad. f) Declaracion Jurada del MORDAZA, mediante el cual el titular del Organo de Gobierno Local, bajo responsabilidad declara que el inmueble que se pretende inscribir no se encuentra sujetos a gravamen, embargo, media cautelar o MORDAZA Judicial alguno. Y adjunta otros instrumentos de la continuidad de la posesion. g) Certificado Negativo de catastro. Articulo Cuarto.- Para la custodia del Expediente Tecnico Juridico, dispongase la protocolizacion notarial todo lo actuado al MORDAZA de lo dispuesto por el Art. 64 del Decreto Legislativo Nº 1049. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion de Asesoria Juridica el cumplimiento de la presente Resolucion.

Registrese comuniquese, publiquese y archivese. JHONI T. MORDAZA RIVADENEIRA MORDAZA

905581-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
"Aplicacion provisional del Acuerdo Comercial entre el Peru y Colombia, por una Parte, y la Union Europea y sus Estados Miembros, por otra"
El "Acuerdo Comercial entre el Peru y Colombia, por una Parte, y la Union Europea y sus Estados Miembros, por otra", suscrito el 26 de junio de 2012 en la MORDAZA de Bruselas, fue aprobado por Resolucion Legislativa N° 29974 de 27 de diciembre de 2012, publicada el 28 de diciembre de 2012 y ratificado por Decreto Supremo N° 006-2013-RE, de 16 de enero de 2013, publicado el 17 de enero de 2013. Mediante Nota 7-7-M/12, de fecha 1 de febrero de 2013 el Gobierno peruano comunico a la Secretaria General del Consejo de la Union Europea, en su calidad de depositaria del citado Acuerdo Comercial, el cumplimiento de los procedimientos exigidos en la Constitucion Politica para su aplicacion. Por su parte, a traves de la Nota Verbal SGS13/01736, de fecha 27 de febrero de 2013, la Secretaria General del Consejo de la Union Europea comunico que la referida organizacion ha cumplido con los procedimientos internos establecidos para su aplicacion provisional, con excepcion de los articulos 2, 202 (1), 291 y 292, senalando que esta se iniciara el 1 de marzo de 2013, en concordancia con el articulo 330 (3) del Acuerdo Comercial. De conformidad con el articulo 330 (3), el "Acuerdo Comercial entre el Peru y Colombia, por una Parte, y la Union Europea y sus Estados Miembros, por otra", con excepcion de los articulos 2, 202 (1), 291 y 292, comenzara a aplicarse entre el Peru y la Union Europea a partir del 1 de marzo de 2013.

906417-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.