Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2013 (01/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

489909

Que, mediante Resolucion Ministerial N° 241-2012VIVIENDA se aprueba los valores unitarios oficiales de edificacion para la Costa, MORDAZA y MORDAZA asi como por Resolucion Ministerial N°218 -2011-VIVIENDA se aprueba los planos basicos arancelarios de los distritos de la Provincia de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao, vigentes a la fecha; Que, con Decreto Supremo N° 264-2012-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3700.00 (Tres mil Setecientos Nuevos Soles), para el ano 2013; Que el articulo 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a establecer un monto minimo a pagar por concepto de impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1° de enero del ano al que corresponde el impuesto. Que, por ultimo la cuarta disposicion final del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, no mas de 0.4% de la UIT vigente al 1° de enero de cada ejercicio; Que, la Municipalidad Distrital de Chorrillos a traves de las Ordenanzas N° 130-MDCH, establecio el MORDAZA legal del derecho de emision mecanizada de la actualizacion de valores, determinacion y fechas de vencimiento de pago del impuesto predial, correspondiente al ejercicio 2008, ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por Acuerdo de Concejo N° 118-2008-MML, publicado en el Diario oficial El Peruano el 17 marzo del 2008. Que estando a lo expuesto al informe Nº 107-2013GAJ-MDCH, mediante el cual, la Gerencia de Asesoria Juridica expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del Articulo 9º, concordante con el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa de lectura y aprobacion del acta por Unanimidad aprobo, la siguiente:

Articulo Tercero.- DETERMINACION DE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2013. Establecer como fecha de vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2013: a) Al contado hasta el ultimo de dia habil de febrero del 2013. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales segun sigue: 1era Cuota: HASTA EL 31 DE MARZO DEL 2013 2da Cuota: HASTA EL 31 DE MORDAZA 2013 3ra Cuota: HASTA EL 31 DE AGOSTO 2013 4ta Cuota : HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE 2013 Articulo Cuarto.- Aprobar la estructura de costos y estimacion de ingresos del derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion del impuesto predial correspondiente al ano 2013. Articulo Quinto.- Establecer que el monto minimo del impuesto por concepto de impuesto predial para el ano fiscal correspondiente al 2013, es el 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el articulo 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley de tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y la sub Gerencia de informatica, el cumplimiento de la presente ordenanza.

DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES
Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese Al Senor MORDAZA para que mediante de Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- VALIDEZ DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asi como del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Tercera.- Publiquese la informacion que sustenta la emision de la presente ordenanza, que es materia de ratificacion, en la pagina web de la Municipalidad de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe), asi como en la pagina web del SAT (www.sat.gob.pe) de conformidad con lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 19° de la Ordenanza N°1533-MML, emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada con fecha 27 de Junio del 2011. POR TANTO Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YA,MASHIRO MORDAZA

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO POR EL IMPUESTO PREDIAL 2013
Articulo Primero.- Aprobar la emision mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial correspondiente al ano fiscal 2013. Articulo Segundo.DETERMINACION DE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE DECLARACIONES JURADAS Y DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO TRIBUTARIO 2013. Determinese en S/. 6.97 (seis y 97/100 Nuevos Soles) el monto por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de declaracion jurada y determinacion del impuesto predial del ano fiscal 2013, el cual se abonara conjuntamente con el pago fraccionado, asimismo en caso de predios adicionales, se abonara S/. 0.15 (15/100 Nuevos Soles), por cada predio adicional (PU).

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. 4. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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