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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de marzo de 2013 490284 Niños y Adolescentes) la elaboración de la Directiva de Lineamientos Estratégicos Intra sectorial correspondiente al “Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”, así como los instrumentos de evaluación del mismo; Que, en los artículos 2 y 4 de la misma Resolución Ministerial se encargó a la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes el diseño de las actividades a ser coordinadas y ejecutadas con ocasión del “Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes” así como el procesamiento y consolidación de la información obtenida en dicha oportunidad; del mismo modo, se dispuso que las dependencias y los Programas Nacionales del Sector MIMP incorporen en la planifi cación y ejecución de sus Planes Operativos Institucionales, acciones o medidas contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes de su localidad o región; Que, conforme al artículo 71 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional – PEI que debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales – PESEM; Que, en ese sentido, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, de conformidad con el artículo 8 de la Directiva para la Formulación de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estratégicos Institucionales para el período 2002 - 2006, aprobada por Resolución Ministerial Nº 084-2001-EF-10, el Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM y el Plan Estratégico Institucional – PEI, son el resultado del proceso de refl exión estratégica y aporta a la Entidad una serie de objetivos y ventajas, como identifi car problemas y amenazas que, a corto, mediano y largo plazo, pueden tener gran repercusión. Asimismo, ayuda a la búsqueda y detección sistemática de nuevas oportunidades de desarrollo y su propia metodología impulsa la participación del conjunto de los agentes en las decisiones acerca del futuro, facilitando el consenso la defi nición común; Que, los literales f) y j) del artículo 5 del Decreto Legislativo ʋ 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables establecen como su ámbito de competencia la atención y recuperación de las víctimas de trata de personas, trabajo infantil y trabajo forzoso; y la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que, los literales f) y m) del artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP, establecen que dicha entidad es competente para la atención y recuperación de las víctimas de trata de personas, trabajo infantil y trabajo forzoso; así como el ejercicio de la rectoría sobre las materias de su competencia y sobre el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente, entre otros; Que, conforme a los documentos de vistos, con la fi nalidad de garantizar el adecuado desempeño de las funciones en materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes garantizando la complementariedad de objetivos, esfuerzos y recursos dentro de la política sectorial y evitando posibles confl ictos de competencia y duplicidad de funciones, y estando a la nueva estructura orgánica y a las nuevas funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012- MIMP, resulta necesario modifi car la Resolución Ministerial ʋ 122-2007-MIMDES a fi n disponer que en adelante el diseño de las actividades a ser coordinadas y ejecutadas con ocasión del “Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes” así como el procesamiento y consolidación de la información obtenida en dicha oportunidad estará a cargo de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; asimismo, que se efectúen las incorporaciones que resulten pertinentes en el Plan Estratégico Sectorial Multianual, el Plan Estratégico Institucional y Planes Operativos del MIMP, que coadyuven a la lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; Con la visación del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley ʋ 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley ʋ 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquense los artículos 2 y 4 de la Resolución Ministerial ʋ 122-2007-MIMDES, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, el diseño de las actividades a ser coordinadas y ejecutadas con ocasión del “Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”, así como el procesamiento y consolidación de la información obtenida en dicha oportunidad. (…) Artículo 4.- Disponer que las dependencias y los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en el marco de sus funciones y competencias, incorporen resultados en el Plan Estratégico Sectorial Multianual, así como acciones en el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, que contribuyan directa o indirectamente a la lucha contra la explotación sexual de las niñas, niños y adolescentes, previa coordinación con la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto.” Artículo 2.- Dejar sin efecto los artículos 3 y 5 de la Resolución Ministerial ʋ 122-2007-MIMDES. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 908224-1 PRODUCE Designan Secretaria General y Secretario del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 22-2013-ITP/DEC Callao, 27 de febrero de 2013