Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2013 (07/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

490300

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2013

Adecuacion de Red", el cual es asumido, en una relacion de interconexion, por la empresa operadora que establece la tarifa al usuario final. Dicho pago se realiza actualmente por unica vez, por todo concepto y a traves del uso compartido de elementos de adecuacion de red. Al respecto, el articulo 39° del TUO de las Normas de Interconexion establece que las modificaciones en la red se refieren a los elementos de red comprendidos desde el nodo (v.g. central telefonica, en el caso de la red telefonica) utilizado como acceso en la interconexion y el distribuidor digital que conecta al sistema de transmision utilizado en la interconexion. 2. Regulacion actual. El Numeral 49 de los Lineamientos de Apertura senala que aquellos costos de proveer la interconexion asi como las modificaciones en las redes de los operadores que se interconectan estaran sujetos a una lista de precios por defecto preparada por el OSIPTEL, basada en la informacion proporcionada por las empresas. Es asi que, mediante Resolucion de Gerencia General N° 024-2000-GG/OSIPTEL del 29 de febrero de 2000, se aprobo la lista y precios unitarios por defecto para la adecuacion de una central AXE-10 provista por la empresa Telefonaktiebolaget L.M. Ericsson, y de manera complementaria, mediante Mandato de Interconexion Nº 006-2000-GG/OSIPTEL del 01 de agosto del 2000, el OSIPTEL aprobo los costos de adecuacion de una Central 5ESS provista por la empresa Lucent Technologies, Inc. Finalmente, mediante Resolucion de Gerencia General N° 064-2000-GG/OSIPTEL, publicada el 02 de junio del 2000 en el Diario Oficial El Peruano, se establecio el precio por Adecuacion de Red por el uso compartido de los elementos de dicha adecuacion. 3. Intervencion regulatoria. La provision de la Adecuacion de Red constituye un insumo imprescindible para el acceso de los operadores entrantes al MORDAZA, ya que coadyuva a la efectiva interconexion entre las redes. En ese sentido, si no se provee la adecuacion de red, no se produce una efectiva interconexion de redes, y por ende, no seria posible el intercambio de comunicaciones entre usuarios de diferentes redes de servicios publicos de telecomunicaciones. Asimismo, por ser la Adecuacion de Red un insumo provisto por un operador especifico en el MORDAZA de una relacion de interconexion, no es factible su sustitucion, por lo que dicha provision constituye una instalacion esencial, requiriendose por ende, el establecimiento del cargo de interconexion tope correspondiente. Debe senalarse que cuando el OSIPTEL establecio las primeras regulaciones de la adecuacion de red consideraba que en un horizonte de tiempo, los costos de provision de las diversas prestaciones de interconexion (instalaciones esenciales) se modifiquen por efecto de la propia dinamica tecnologica de la industria, lo que se reflejaria en una variacion de los precios aplicados para dichas prestaciones; sin embargo, dicha situacion no se observa en el caso de la Adecuacion de Red. Como se sabe, toda provision de interconexion no basada en costos economicos eficientes afecta el desempeno de la industria, encareciendo artificialmente el acceso al MORDAZA, lo que genera ineficiencias que se trasladan al usuario final. En este caso, la evidencia empirica muestra que actualmente no existe dinamica en la formacion de los precios que aplican los operadores por el concepto de Adecuacion de Red debido a la falta de presiones competitivas que induzcan a modificaciones en los mismos. En ese sentido, es relevante para el MORDAZA y consistente con las facultades del OSIPTEL, el iniciar un procedimiento de oficio, que permita determinar el cargo de interconexion tope por Adecuacion de Red.

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban cargos de destino para la asignacion de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Publicos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y en el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 039-2013-SERVIR-PE
MORDAZA, 22 de febrero de 2013 VISTOS, los Informes N° 033 y N° 034-2013-SERVIR/ GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2009-PCM se aprobo el Reglamento del Regimen Laboral de los Gerentes Publicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024; Que, el citado Reglamento establece en su articulo 11° que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definira, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de direccion o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignacion de Gerentes Publicos, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica, corresponde emitir la resolucion respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesion N° 008-2013, de conformidad con el articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1024 concordante con el articulo 11° del Reglamento; Con la visacion de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el literal o) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignacion de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Publicos, los que se indican a continuacion:
ENTIDAD SOLICITANTE Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social CARGOS DE DESTINO Coordinador Tecnico del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma Jefe de la Unidad de Administracion del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma

Articulo Segundo.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de SERVIR la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Presidente Ejecutivo

907898-1

908438-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.