Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2013 (24/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2013

Que, el Codigo de Ejecucion Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 654, establece que el Instituto Nacional Penitenciario - INPE es un Organismo Publico integrante del Sector Justicia, actualmente Sector Justicia y Derechos Humanos, con autonomia normativa, economica, financiera y administrativa; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el MORDAZA de sus competencias, tiene entre otras funciones rectoras, la de formular, ejecutar y supervisar las politicas nacionales que le son propias por su ambito de competencia, lo cual es concordante con el literal e) del articulo 7º de la MORDAZA acotada, que dispone que una de sus funciones especificas es orientar y contribuir con el establecimiento de la politica criminal y formular la politica penitenciaria del Estado; Que, conforme al articulo 15º de la referida Ley Nº 29809, el Instituto Nacional Penitenciario ­ INPE, constituye un organismo publico adscrito el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo que conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, constituye un organismo publico ejecutor, el cual conforme a lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, esta sujeto a los lineamientos tecnicos del Sector del que depende; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF del Instituto Nacional Penitenciario, el cual establece su estructura organizacional acorde a la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Que, asimismo, mediante Resolucion Suprema Nº 083-2011-JUS, se aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Instituto Nacional Penitenciario; Contando con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, mediante el cual aprueban lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica; y el Decreto Supremo Nº 0092007-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del INPE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Instituto Nacional Penitenciario, que como Anexo forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Publicacion La presente Resolucion Suprema sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por el articulo 1º de la presente Resolucion, sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario (www.inpe.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Derogacion Deroguese la Resolucion Suprema Nº 083-2011-JUS, que aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal del Instituto Nacional Penitenciario. Articulo 4º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos

Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano por presunta comision de delito y disponen su MORDAZA al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2013-JUS
MORDAZA, 23 de marzo de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 024-2013/ COE-TC, del 15 de marzo de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEREAU, formulada por la MORDAZA Sala Penal Permanente para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 19 de febrero de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEREAU, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 20-2013); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 024-2013/COE-TC, del 15 de marzo de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo Nº 70-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de MORDAZA de 2011, que eleva de 60 dias a 80 dias el plazo para presentar el cuaderno de extradicion; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEREAU, formulada por la MORDAZA Sala Penal Permanente para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera

916303-7

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