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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de marzo de 2013 491458 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0123-2012-AG de fecha 27 de marzo de 2012, se designó al señor Marino Ulises Alvarez Navarro, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, siendo necesario dar por concluida la citada designación y asimismo designar a su reemplazo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; y el Decreto Supremo Nº 011-2008-AG modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2012-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Marino Ulises Alvarez Navarro, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Vicente Eduardo González Otoya Orbegozo, como representante del Ministerio de Agricultura, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña. Regístrese, comuníquese y publíquese MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 916156-5 Designa representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Huallaga RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0096-2013-AG Lima, 22 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0384-2012-AG de fecha 18 de octubre de 2012, se designó al señor Jorge Escurra Cabrera, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Huallaga; señalando que presidiría el citado Consejo Directivo; siendo necesario dar por concluida la citada designación y asimismo designar a su reemplazo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y el Decreto Supremo Nº 011-2008-AG modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2012-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Jorge Escurra Cabrera, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Nelson Eduardo Larrea Lora, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, quien lo presidirá. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 916156-6 CULTURA Modifican la R.S. N° 007-2011-EF mediante la cual se autorizó inafectación del IGV a importación realizada por asociación cultural RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2013-MC Lima, 23 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modifi cado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales a fi n de obtener la autorización para la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, el mencionado Decreto Supremo en su artículo 1º establece que no está gravada con el Impuesto General a las Ventas, la prestación de servicios culturales acorde con el objeto de cada Institución Cultural, defi nido en sus estatutos; Que, asimismo, el artículo 2º del referido Decreto Supremo dispone que las solicitudes vinculadas a la inafectación del impuesto general a las ventas deben presentarse ante el Ministerio de Cultura; Que, al respecto, cabe manifestar que la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia expidió el Dictamen Dirimente Nº 001- 2013-JUS/DNAJ del 05 de febrero de 2013, donde considera que le corresponde al Ministerio de Cultura refrendar las Resoluciones Supremas que autorizan la inafectación del IGV de las instituciones culturales; y que, en consecuencia, es el Ministerio de Cultura quien refrenda la modifi catoria de la Resolución Suprema Nº 007-2011-EF; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 007-2011- EF se autorizó la inafectación del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por la Asociación Cultural Peruano Británica, consistente en equipos de cómputo, conforme a lo establecido en las Facturas N°s. 001-0012675 y 001-0012676 emitidas por ADEXUS PERU S.A.; Que, mediante carta de fecha 14 de febrero de 2011, la Asociación Cultural Peruano Británica solicita la modifi cación de la Resolución Suprema Nº 007-2011- EF, debido a que en el proceso de nacionalización de los equipos de cómputo por un error la Factura Nº 001-0012675 fue sustituida por la Factura N° 001-0012691, conforme aparece en la Declaración Única de Aduanas N° 235-2008- 10-091007-01-1-00; Que, en tal sentido, es necesario modifi car la Resolución Suprema Nº 007-2011-EF a fi n de señalar el comprobante de pago correcto que sustenta la importación realizada por la Asociación Cultural Peruano Británica y que se encuentra declarado ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT); De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055- 99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, que aprueba la fusión bajo la modalidad de absorción del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 007-2011-EF por el texto siguiente: “Artículo 1º.- Autorícese la inafectación del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por la Asociación Cultural Peruano Británica, consistente en equipos de cómputo, según las Facturas N°s. 001-0012691 y 001-0012676 emitidas por ADEXUS PERU S.A.C. Los bienes señalados en el párrafo precedente deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento de los fi nes culturales de la citada Asociación”. Artículo 2°.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).