Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2013 (24/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2013

el Informe Nº 162-2012-DAAC-DGIA-VMPCIC/MC, de fecha 21 de noviembre de 2012, que fuera emitido por la Direccion de Artes y Acceso a la Cultura de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes; por tal motivo, se estima pertinente que el Ministerio de Cultura gestione la Resolucion Suprema correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del inciso g) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 05599-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, que aprueba la fusion bajo la modalidad de absorcion del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase la inafectacion del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestacion de servicios culturales acorde al objeto de su institucion que realiza el Instituto Peruano de Fomento Educativo conforme se indica en el articulo 4º de sus estatutos. La inafectacion se aplicara durante el tiempo que dure la calificacion otorgada por el Ministerio de Cultura. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Cultura. Regristrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura

99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, que aprueba la fusion bajo la modalidad de absorcion del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizase la inafectacion del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestacion de servicios culturales acorde al objeto de su institucion que realiza la Asociacion Doctor MORDAZA MORDAZA Darquea conforme se indica en sus estatutos. La inafectacion se aplicara durante el tiempo que dure la calificacion otorgada por el Ministerio de Cultura. Articulo 2°.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT). Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura

916303-6

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 054-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprobo entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2013, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica existente; Que, los literales b) y c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada, establecen que el INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mencion, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 "Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013", senala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos MORDAZA senalados, asi como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente; Que, segun el articulo 10º de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del

916303-5 RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2013-MC
MORDAZA, 23 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales para obtener la autorizacion para la inafectacion del Impuesto General a las Ventas; Que, el mencionado Decreto Supremo en su articulo 1º establece que no esta gravada con el Impuesto General a las Ventas, la prestacion de servicios culturales acorde con el objeto de cada Institucion Cultural, definido en sus estatutos; Que, de igual manera, el articulo 2º del referido Decreto Supremo dispone que las solicitudes vinculadas a la inafectacion del impuesto general a las ventas deben presentarse ante el Ministerio de Cultura; Que, al respecto, cabe manifestar que la Direccion General de Desarrollo y Ordenamiento Juridico del Ministerio de Justicia expidio el Dictamen Dirimente Nº 0012013-JUS/DNAJ del 05 de febrero de 2013, donde considera que le corresponde al Ministerio de Cultura refrendar las Resoluciones Supremas que autorizan la inafectacion del IGV de las instituciones culturales; Que, de la revision de la documentacion presentada se aprecia que la Asociacion Doctor MORDAZA MORDAZA Darquea ha cumplido con los requisitos tecnicos que senala el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, conforme se indica en el Informe Nº 072-2012-DAAC-DGIA-VMPCIC/MC, de fecha 08 de febrero de 2013, que fuera emitido por la Direccion de Artes y Acceso a la Cultura de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes; Que, a traves del Memorando Nº 68-2013-DGIAVMPCIC/MC del 21 de febrero de 2013, la Direccion General de Industrias Culturales estima pertinente continuar con la tramitacion del procedimiento en virtud a lo manifestado por la Direccion de Artes y Acceso a la Cultura y solicita que se gestione la Resolucion Suprema correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del inciso g) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-

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