Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2013 (24/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2013

Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 13 de marzo de 2013, emitido sobre la base del Informe Tecnico Nº 2994-2013-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, informo que para la MORDAZA en consulta, se visualiza graficamente en MORDAZA donde no se observan graficados perimetros con antecedentes registrales; se encuentra ubicada en MORDAZA de Playa debiendo tenerse en cuenta lo establecido por la Ley Nº 26856, y no le es posible determinar superposiciones graficas con predios inscritos que aun no se encuentran digitalizados; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA, establece que la inmatriculacion de la MORDAZA de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la MORDAZA de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuara mediante Resolucion de la SBN; Que el articulo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVENDA, dispone que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en MORDAZA de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las MORDAZA de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse mediante resolucion respectiva, y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico ­ ubicacion que la sustente, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales; Que, el terreno en cuestion se situa en MORDAZA de playa y MORDAZA de dominio restringido que constituye bien de dominio publico, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 143 300,01 m², de conformidad con los articulos 38º y 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, concordado con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia de la SBN, asi como emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº007-2008-VIVIENDA y modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0018-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de marzo de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno descrito en el articulo 1º, en el Registro de Predios de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban 5 Normas Tecnicas Peruanas de muebles, artesanias y turismo, y dejan sin efecto 2 NTP de muebles
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 16-2013/CNB-INDECOPI
MORDAZA, 6 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Productos Forestales Maderables Transformados, b) Artesanias y c) Turismo, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusion Publica en las fechas indicadas: a) Productos Forestales Maderables Transformados, 02 PNTP, el 28 de setiembre de 2012, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 03 de enero de 2013; b) Artesanias, 02 PNTP, el 28 de setiembre de 2012, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 03 de enero de 2013; c) Turismo, 01 PNTP, el 09 de octubre de 2012, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 03 de enero de 2013; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de

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