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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2013 (24/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de marzo de 2013 491472 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, la propuesta de Cambio de Zonifi cación planteada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que las faculta a ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, refi ere que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27º de la Ordenanza Nº 620-MML y sus modifi catorias, norma reglamentaria que regula el proceso de aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y de Actualización de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, “La Zonifi cación es el conjunto de normas urbanísticas que regulan el uso del suelo en función de las demandas físicas, económicas y sociales de la población, permitiendo la localización compatible, equilibrada y armónica de sus actividades con fi nes de vivienda, producción, comercio, industria, equipamiento, servicios, recreación, turismo, cultura, protección ambiental y de defensa civil, posibilitando la ejecución de programas y proyectos de inversión pública y privada en habilitaciones, rehabilitaciones, reurbanizaciones, remodelaciones, renovaciones y edifi caciones nuevas, restauraciones o de saneamiento en áreas no desarrolladas, incipientes, informales o degradadas, garantizando el uso más apropiado, conveniente y oportuno del suelo urbano de la metrópoli, incluyendo de sus áreas territoriales circundantes”; Que, por su parte, el artículo 30º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, señala que “La zonifi cación es el instrumento técnico de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de Intervención de los PDM,PDU y EU, en función a los objetivos de desarrollo sostenible y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades con fi nes sociales y económicos, como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones”; Que, como se puede apreciar la zonifi cación es conceptuada como un conjunto de normas que regulan el uso del suelo, la cual está en función de las demandas físicas, económicas y sociales para realizar actividades de vivienda, producción, comercio, entre otros, propiciando la inversión pública y privada; Que, en el distrito de Puente Piedra se viene plasmando una seria de iniciativas de desarrollo, promovidas por diversos actores sociales e instituciones, interesadas en generar dinámicas de cambio que permitan a la población alcanzar mejores niveles de vida; en ese marco, la municipalidad distrital, asumiendo el rol de promotor del desarrollo que le otorga la Ley y, en el interés de coadyuvar al impulso de las iniciativas de desarrollo, proporcionando un marco de acción de propósitos comunes y mediante su decisivo aporte a la construcción de instancias de participación y concertación que permitan articular los procesos en curso, promueve el desarrollo integral y sostenible, la economía local y la prestación de los servicios públicos; Que, mediante Informe Nº 108-2013-SGCPU/GDUE/ MDPP la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, en concordancia con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1617-MML, Ordenanza que norma las iniciativas de cambio de zonifi cación en Lima Metropolitana, remite la propuesta de iniciativa de cambio de zonifi cación de un sector de la Ex Hacienda Gallinazos, opinando que es factible la asignación de la zonifi cación propuesta en la iniciativa formulada, lo que permitirá identifi car zonas aptas para vivienda, comercio, industria, recreación, etc; y permitirá en gran medida dar solución al problema de saneamiento físico legal de cada uno de los predios inmersos, brindando seguridad jurídica y permitiendo la ejecución de proyectos de dotación de servicios básicos de agua potable, alcantarillado y electrifi cación; Que, asimismo, mediante Informe Nº 063-2013-GDUE/ MDPP el Gerente de Desarrollo Urbano y Económico remite los actuados para que sean elevados al Concejo Municipal, para su aprobación y posterior remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, por su parte la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 049-2012-MDPP/GAJ señala que la iniciativa de cambio de zonifi cación está referida a parte de la Ex Hacienda Gallinazos ubicado entre el Km. 26.80 y el Km. 28.30 de la Carretera Panamericana Norte hacia la margen derecha de la ruta Lima – Ancón, concluyendo que la iniciativa de Cambio de Zonifi cación se encuentra conforme a Ley, debiendo continuar su trámite para la aprobación respectiva; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º numeral 8, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal adoptó POR UNANIMIDAD; ACORDO: Artículo Primero.- DECLARAR de interés local la iniciativa de Cambio de Zonifi cación de Zona Agrícola a Zonifi cación Urbana de un sector de la Ex Hacienda Gallinazos, Distrito de Puente Piedra, ubicado entre el Km. 26.80 y el Km. 28.30 de la Carretera Panamericana Norte hacia la margen derecha de la ruta Lima – Ancón contando con un área de 93.12 has comprendiendo un total de 20 parcelas o unidades catastrales; por los fundamentos técnicos y legales expuestos en los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a Secretaría General la publicación del presente Acuerdo, en el Diario Ofi cial El Peruano; así como su elevación a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo y a la Gerencia Municipal su supervisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 916149-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dictan diversas disposiciones aplicables al “Sorteo VPSI 2013” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-ALC/MSI San Isidro, 22 de marzo de 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO: el Informe N° 0369-2013-1100-GAJ/MSI sobre la aplicación de Directiva N° 011-2012/MSI referida a las Normas y Procedimientos para la Ejecución y Control del “Sorteo VPSI 2012” aprobado por Decreto de Alcaldía N° 017-ALC/MSI y su modifi catoria aprobada por Decreto de Alcaldía N° 021-ALC/MSI; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 264-MSI modifi cada por Ordenanza N° 285/MSI se aprobó el “Programa de Incentivos VPSI” dirigido a los contribuyentes personas naturales propietarias de predios destinados a uso Casa- Habitación, que se encuentran al día en el pago de sus obligaciones tributarias; Que, la segunda disposición complementaria y transitoria de la Ordenanza N° 264-MSI, faculta al Alcalde