Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2013 (24/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD

491461

mismo, se atiende a traves de dos formas de intervencion: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversion Publica de Emergencia (PIP), que son presentados a la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 12.2 del articulo 12° de la Directiva en mencion, en concordancia con lo dispuesto en el literal c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que para el financiamiento de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia, el INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas la relacion de los PIP de emergencia declarados elegibles por la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud", establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, MORDAZA citada; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado, el INDECI, a traves del Oficio Nº 593-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 665 902,00) los cuales seran transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, para la ejecucion de 03 Proyectos de Inversion Publica (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitacion de la Infraestructura Educativa en la I.E. Politecnico MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Region MORDAZA, afectado por intensas lluvias del 08 de Febrero del 2013", "Rehabilitacion de la Infraestructura Educativa en la I.E. Nº 41031 ­ MORDAZA del Divino MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Region MORDAZA, afectado por intensas lluvias del 08 de febrero del 2013" y "Rehabilitacion de la Infraestructura Educativa en la I.E. Nº 40139 ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el PP.JJ. MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Region MORDAZA, afectado por intensas lluvias del 08 de Febrero del 2013", los mismos que han sido declarados elegibles por la Direccion General de Politica de Inversiones, mediante Oficio Nº 1448-2013-EF/63.01 de fecha 26 de Febrero del 2013; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la poblacion como tambien en la economia nacional, debiendo transferirse para el efecto, recursos por un total de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 665 902,00) a favor del INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 ­ Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; De conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y el articulo 45° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 hasta por la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 665 902,00) a fin de atender los proyectos de emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 665 902,00 ---------------TOTAL EGRESOS 665 902,00 ========= A LA: : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y a la Reconstruccion En Nuevos Soles 1 : Recursos Ordinarios 665 902,00 ---------------665 902,00 ========= SECCION PRIMERA PLIEGO

5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de marzo del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

916303-1

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