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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de marzo de 2013 491860 ORDENANZA QUE AMPLIA EL VENCIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LA TASA DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2013, A FAVOR DE LOS PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO DESTINADO A CASA HABITACIÓN O TERRENO SIN CONSTRUIR Artículo Primero.- Modifíquese el segundo párrafo del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 303-MDA, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL …. Respecto a los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplía el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2013, el mismo que vence: - Pago al Contado : 15 de abril. - Pago Fraccionado: Primera Cuota : 15 de abril. Segunda Cuota : 26 de junio Tercera Cuota : 30 de setiembre Cuarta Cuota : 27 de diciembre”. Artículo Segundo.- Modifíquese el segundo párrafo del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 303-MDA, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO. …. Tratándose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligación de pago para el ejercicio 2013, vence: - Pago al Contado : 15 de abril. - Pago Fraccionado: Primera Cuota : 15 de abril. Segunda Cuota : 26 de junio Tercera Cuota : 30 de setiembre Cuarta Cuota : 27 de diciembre”. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de la presente Ordenanza y, a la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones su respectiva difusión. Artículo Cuarto.- Agréguese una Disposición Complementaria Única a la Ordenanza Nº 303-MDA, la misma que quedará redactada de la siguiente manera: “Disposición Complementaria Única.- Facúltese; al señor Alcalde para que prorrogue mediante Decreto de Alcaldía, las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias establecidas en la presente Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria”. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 917918-1 Modifican la R.A. Nº 0078, sobre declaración de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 0139 Ate, 12 de marzo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 51-2013-SGHUE-GDU/MDA de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, sobre aclaración y rectifi cación de la Resolución de Alcaldía Nº 0078 de fecha 18 de Enero del 2013, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0078, de fecha 18 de Enero del 2013, se DECLARÓ HABILITADO URBANO DE OFICIO, el terreno con un área de 64,687.25 m2, correspondiente a la I ETAPA, que forma parte de un lote matriz de 70,421.95 m2, denominado SUB LOTE “E” que formó parte del Ex - Fundo Inquisidor y Pulido, lote 2, Zona Alta Sector “B” en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, el mismo que fi gura inscrito en la Partida Electrónica Nº 1107473 del Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente Resolución y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución; Que, mediante Informe Nº 51-2013-SGHUE-GDU/ MDA de fecha 01 de Marzo del 2013, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, señala que se ha consignado por error involuntario en el articulo 3º de la Resolución de Alcaldía Nº 0078, de fecha 18 de Enero del 2013, lo siguiente: “…, doscientos cuarenta y seis (246) lotes,…”; debiendo consignarse como real un total de ciento noventa y ocho (198) lotes; Que, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé la Revisión de Ofi cio en el Artículo 201.- Rectifi cación de errores. El cual señala en el numeral 201.1 “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”. Y en el numeral 201.2 “La rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, de la revisión de los actuados efectivamente se verifi ca que se ha incurrido en error material en la cantidad de lotes, debiendo modifi carse la mencionada Resolucion de Alcaldía de acuerdo a Ley, quedando subsistentes en todo lo demás. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car; el artículo 3º de la Resolución de Alcaldía Nº 0078, de fecha 18 de Enero del 2013, respecto al error material incurrido; debiendo quedar el texto del mencionado artículo, con el siguiente tenor: “DETERMINAR que como resultado de la habilitación urbana que en este acto se declara, se obtiene Ciento Noventa y Ocho (198) lotes, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano Nº 038- 2012-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución.”, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- RATIFICAR; todo lo demás establecido en la Resolución de Alcaldía Nº 0078, de fecha 18 de Enero del 2013. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Gerencia de Administración