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El Peruano Viernes 3 de mayo de 2013 494119 ‘Artículo 3º.- Establecer que la Comisión Intervención de la UNAMAD, presentará su Plan de Trabajo para la institucionalización y un informe Trimestral, a fin de lograr la real institucionalización y gobernabilidad adecuada de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios. Dentro del proceso de intervención hará las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria. El Presidente hará las veces de Rector, el primer vicepresidente de Vicerrector Académico y el segundo vicepresidente de Vicerrector Administrativo, ejercerán sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria N° 23733, Leyes N° 26490 y N° 27602. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 932483-1 Declaran que la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0623-2013-ANR Lima, 24 de abril de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las cartas Nº 040-2012-R-UPNW, de fecha 18 de junio de 2012, Nº 014-2013-R-UPNW, de fecha 13 de febrero de 2013, informe Nº 051-2013-DGDAC, de fecha 15 de marzo de 2013; memorando Nº 0318-2013-SE, de fecha 26 de marzo de 2013, y; CONSIDERANDO Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras las de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en el inciso e) y f); Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU mediante Resolución Nº 177-96-CONAFU, de fecha 09 de diciembre de 1996, autorizó el funcionamiento provisional de la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con sede en la ciudad de Lima, y por Resolución Nº 085-2004-CONAFU, de fecha 14 de abril de 2004, le otorgó la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento para que brinde servicios educativos de nivel universitario; Que, mediante las cartas de vistos, el Rector de la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. comunica a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores que se han creado programas académicos de segundas especialidades en su representada, adjuntando para tal efecto los planes curriculares de cada una de ellas y los actos resolutivos correspondientes: 1. Segunda Especialidad en Cuidado Enfermero en Cardiología y Cardiovascular; aprobada por Resolución Nº 373-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud. 2. Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos; aprobada por Resolución Nº 374-2012-R- UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud. 3. Segunda Especialidad de Gestión en Central de Esterilización; aprobada por Resolución Nº 375-2012- R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud. 4. Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica; aprobada por Resolución Nº 376-2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud. 5. Segunda Especialidad de Enfermería en Salud Mental y Psiquiatría; aprobada por Resolución Nº 393- 2012-R-UPNW, de fecha 24 de mayo de 2012, de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud. Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación mediante el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con sede en la ciudad de Lima, cumple las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, emita el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone la elaboración de una resolución por la cual se declare que la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de sus programas académicos de Segundas Especialidades de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de Segundas Especialidades de la Escuela Académico Profesional de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud; quedando en consecuencia aprobados para su implementación: 1. Segunda Especialidad en Cuidado Enfermero en Cardiología y Cardiovascular. 2. Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos. 3. Segunda Especialidad de Gestión en Central de Esterilización. 4. Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica. 5. Segunda Especialidad de Enfermería en Salud Mental y Psiquiatría. Artículo 2º.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la institución, para los fi nes que disponga la Ley.