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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2013 (03/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Viernes 3 de mayo de 2013 494108 REGIÓN S/. U.S. $ HUANUCO 0.00 1,419.72 ICA 0.00 950.00 JUNIN 0.00 2,064.04 LA LIBERTAD 0.00 2,908.66 LIMA 0.00 3,557.33 LORETO 0.00 375.00 MADRE DE DIOS 0.00 5,737.61 MOQUEGUA 0.00 237.50 PASCO 0.00 339.51 PIURA 0.00 2,350.00 PUNO 0.00 9,430.78 SAN MARTIN 0.00 862.50 TACNA 0.00 75.00 TUMBES 0.00 200.00 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 59,359.06 Nº Gobiernos Regionales 22 931532-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Disponen publicación del proyecto de “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 019-2013-OEFA/CD Lima, 30 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, el Literal b) del Artículo 11° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modifi cado por la Ley N° 30011, establece que el OEFA tiene, entre otras, la función de supervisión directa, la cual comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verifi cación con el propósito de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la regulación ambiental por parte de los administrados; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal e) del Artículo 11° de la Ley N° 29325, modifi cado por la Ley N° 30011, el OEFA tiene a su cargo la función normativa, la cual comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fi scalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y otras de carácter general referidas a la verifi cación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables de los administrados a su cargo; Que, en el ejercicio de su función normativa, el OEFA ha elaborado el proyecto de “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, propuesta normativa que previa a su aprobación corresponde ser sometida a consulta pública con la fi nalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo N° 023-2013, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 010-2013 realizada el 30 de abril de 2013, se acordó por unanimidad disponer la prepublicación del proyecto de “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OEFA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modifi cada por la Ley N° 30011, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” en el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa. gob.pe). Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3°.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la calle Manuel Gonzales Olaechea N° 247 del distrito de San Isidro, o mediante la dirección electrónica terminaciondeactividades@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 932526-1 Designan Auxiliar Coactivo del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 048-2013-OEFA/PCD Lima, 2 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 039-2013-OEFA/PCD se le encargó al señor VÍCTOR PASCUAL ABANTO PERAMÁS, en adición a sus labores y hasta que se designe al titular, las funciones de Auxiliar Coactivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, habiéndose culminado el concurso público para la contratación del nuevo Ejecutor Coactivo del OEFA, resulta necesario expedir la Resolución que lo designa como tal, de acuerdo con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; Con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica;