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El Peruano Miércoles 8 de mayo de 2013 494359 VISTO: El Ofi cio Nº 1074-2013-AG-DGCA/DG, del Presidente del Comité de Condecoración, en el marco de la Semana Internacional de la Agricultura - SIA 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0712- 2009-AG, se creó la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, que será conferida por el Ministro de Agricultura, a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución en la actividad agraria, o por su desempeño en la gestión pública sectorial; Que, con Resolución Ministerial N° 0140-2013-AG, modificada por Resolución Ministerial Nº 0152-2013- AG, se conformó el Comité de Condecoración en el marco de la Semana Internacional de la Agricultura - SIA 2013, con la finalidad de seleccionar a las personas naturales y/o jurídicas que serán distinguidas en la SIA 2013 con la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”; Que, en Sesión del Comité de Condecoración, de fecha 30 de abril de 2013, en el marco de la Semana Internacional de la Agricultura - SIA 2013, se acordó por unanimidad otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a las personas naturales y/o jurídicas, quienes con su esfuerzo y contribución vienen participando en el desarrollo de la actividad agraria, en benefi cio directo de la agricultura y del país; Que, en la citada sesión asimismo se acordó por unanimidad, condecorar al señor Gastón Alvaro Acurio Jaramillo, como reconocimiento a la contribución que viene efectuando a la articulación con el pequeño productor, como proveedor de productos de calidad para la gastronomía peruana; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y la Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, por contribuir al desarrollo de la actividad agraria, en benefi cio directo de la agricultura y del país, a las siguientes personas naturales y/o jurídicas: Nº CATEGORIAS DE PREMI- ACIÓN Nº CONDECORADOS 1 AGROEXPORTADOR 1 DANPER TRUJILLO S.A.C. 2 AGROEXPORTADOR A TRAVES DE NEGOCIO INCLUSIVO 2 COOPERATIVA AGRARIA CACAOTERA ACOPAGRO 3 DIFUSION NACIONAL DE INFORMACION AGRARIA 3 AGRONOTICIAS EDITORES S R L 4 REVISTA AGROENFOQUE 4 DESARROLLO DE NUEVOS NEGOCIOS EN LA AGRICUL- TURA 5 COOPERATIVA AGRARIA CAFE- TALERA Y DE SERVICIOS ORO VERDE LTDA 5 NEGOCIOS PARA PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES 6 ASOCIACION DE PRODUCTO- RES AGROPECUARIOS KUSKA LLAMKASUN DE PUPUSI MARC- CARI APAKLLAPM 6 INVESTIGACION CIENTIFICA Y ACADEMICA 7 CARLOS ALBERTO AMAT Y LEON CHAVEZ 8 MARIO EDGAR TAPIA NUÑEZ 9 FRANCISCO RAFAEL VILLAN- UEVA NOVOA 7 IMPULSOR AGROINDUSTRI- AL/AGROEXPORTADOR 10 FELIPE AUGUSTO LLONA MALAGA Nº CATEGORIAS DE PREMI- ACIÓN Nº CONDECORADOS 8 ARTICULADOR CON LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES COMO PROVEEDORES DE PRODUCTOS DE CALIDAD PARA LA GASTRONOMIA PERUANA 11 GASTON ALVARO ACURIO JARAMILLO Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 934326-1 AMBIENTE Aprueban la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2013-MINAM Lima, 3 de mayo de 2013 Visto, el Informe N° 058-2013-DGOT-DVMDERN/ MINAM, de fecha 19 de abril de 2013, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 20° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que la planifi cación y el ordenamiento territorial tienen por fi nalidad complementar la planifi cación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible; Que, según el artículo 11° de la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, La Zonifi cación Ecológica y Económica es un instrumento que sirve como apoyo al ordenamiento territorial a fi n de evitar confl ictos por superposición de títulos y usos inapropiados, y demás fi nes. Dicha Zonifi cación se realiza en base a áreas prioritarias conciliando los intereses nacionales de la conservación del patrimonio natural con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; Que, conforme a los Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial, aprobados por Resolución Ministerial N° 026-2010-MINAM, el ordenamiento territorial es un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial, sobre la base de la identifi cación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos; Que, el literal c) del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, faculta al Ministerio del Ambiente a establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso; Que, asimismo, los literales c) y d) del artículo 12° del Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE), aprobado por Decreto Supremo N° 087-2004- PCM, señalan que corresponde al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, entidad absorbida por el Ministerio del Ambiente, proponer las normas pertinentes para la viabilidad de los procesos de la ZEE, y elaborar y difundir manuales sobre sus procedimientos y metodología, respectivamente;